14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LUIS ARTURO DÍAZ BACHSMANN

Rol

O-4808-2022

Fecha

17 de agosto de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 16 de agosto de 2022, alrededor de las 10:00 horas, en la vía pública, en Av. Trinidad intersección con Av. Santa Raquel, en la comuna de La Florida el imputado LUIS ARTURO DÍAZ BACHSMANN mantenía en su poder, en un banano de color gris y a la vista de la fiscalización de carabineros, dos armas blancas tipo cuchillo, la primera de 10 cm de hoja y 11 cm de empuñadura de color café, total de 21 cm de largo, la segunda, un cuchillo de 10 cm de hoja y 9 cm de empuñadura de color celeste, total de 19 cm de largo”. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia cuyo texto íntegro consta en registro de audio conforme Acta N° 40 de la Excma. Corte Suprema de fecha 14 de marzo de 2014 Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 11 Nº 9, 14, 15, 18, 50, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 102, 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS ARTURO DÍAZ BACHSMANN, ya individualizado, al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito de porte de arma cortante, consumado, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 16 de agosto de 2022. II.- Que atendido el día 17 de agosto de 2022 por el cual permaneció detenido el sentenciado y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 49 del Código Penal, se da por cumplida la pena pecuniaria impuesta. III.- Que se decreta el comiso de las armas cortantes incautadas en poder del sentenciado. IV.- Por haber admitido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, exímase al sentenciado del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia. Dese cumplimiento a dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese y regístrese. RUC Nº 2200794618-3 RIT Nº 4808-2022

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 11 Nº 9, 14, 15, 18, 50, 70 y 288 bis del Código Penal; artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 11, 45, 47, 102, 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS ARTURO DÍAZ BACHSMANN, ya individualizado, al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito de porte de arma cortante, consumado, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 16 de agosto de 2022. II.- Que atendido el día 17 de agosto de 2022 por el cual permaneció detenido el sentenciado y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 49 del Código Penal, se da por cumplida la pena pecuniaria impuesta. III.- Que se decreta el comiso de las armas cortantes incautadas en poder del sentenciado. IV.- Por haber admitido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, exímase al sentenciado del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia. Dese cumplimiento a dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese y regístrese. RUC Nº 2200794618-3 RIT Nº 4808-2022 Dictada por don JORGE ANDRES ABOLLADO VIVANCO, Juez Subrogante del Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. GZTWXXJTDXX JORGE ANDRES ABOLLADO VIVANCO Juez de garantía Fecha: 17/08/2022 14:46:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FI

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : diecisiete de agosto de dos mil veintidós. Imputado : LUIS ARTURO DÍAZ BACHSMANN, cédula de identidad N° 19.499.220-3, domiciliado en Rafael Matus 1083; Block 16, Depto.22, comuna de La Florida. Fiscal : Anatole Larrabeiti Defensor : José Mendoza Delito : Porte de arma cortante. Cir

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica