Juzgado de Garantía de La Calera.

MINISTERIO PUBLICO C/ MANUEL ALEJANDRO PIZARRO ORREGO

Rol

O-2328-2020

Fecha

16 de agosto de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Que el día 18 de Agosto de 2020, a las 01:05 horas aproximadamente, el requerido MANUEL ALEJANDRO PIZARRO ORREGO concurrió a la calle Teresa, comuna La Calera, y al llegar a la altura del número 755, se acercó al vehículo Placa Patente Única ZK-2128, el cual estaba estacionado en la vía pública, de propiedad de la víctima YUREK LUCIANO GALLARDO SANDOVAL, el requerido se coloca por detrás del vehículo y forzó el limpia parabrisas trasero de dicho vehículo hasta lograr sacarlo de su base, rompiendo esta última, sustrayéndolo con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de su dueño, siendo sorprendido por funcionarios policiales en el lugar con la especie en su poder. La especie fue avaluada en la suma de $ 20.000 pesos. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- I.- Que, el Ministerio Público formuló requerimiento en contra del imputado ya individualizado por estimar que era autor del delito de robo en lugar no habitado. II.- Que, llegada a esta Audiencia de Juicio, el Ministerio Publico no presento prueba para acreditar los hechos ni la participación de don MANUEL ALEJANDRO PIZARRO ORREGO, cédula de identidad N°15.063.343-5, allanándose a veredicto absolutorio pero solicitando la exención de costas por haber tenido

Fundamentos

motivos razonables para litigar, mismas peticiones que hizo la defensa, básicamente, absolución por falta de prueba. III.- Que, el tribunal, no habiéndose presentado ningún tipo de prueba, no adquiere ningún tipo de certeza sobre la ocurrencia del DXXMXXHYNCX Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 17/08/2022 17:34:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl hecho ni la participación del imputado, razón por la cual dictara sentencia absolutoria, liberando de todos los cargos formulados por la Fiscalía al imputado presente en esta sala, eximiendo al Ministerio Publico del pago de las costas por haber tenido motivo razonable para litigar dadas las razones que se expusieron en su alegato inicial y de clausura. IV.- Que, se dejan sin efecto las medidas cautelares si se hubieran decretado en esta causa. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2000841223-6 RIT N° 2328-2020 Pronunciada por ROBERTO PABLO LIZANA MORA, Juez de Garantía de La Calera. DXXMXXHYNCX Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 17/08/2022 17:34:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-08-17T17:29:30-0400 Corte Suprema Roberto Pablo Lizana Mora Verificación Legal

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, dieciséis de agosto de dos mi veintidós. Hechos: Que el día 18 de Agosto de 2020, a las 01:05 horas aproximadamente, el requerido MANUEL ALEJANDRO PIZARRO ORREGO concurrió a la calle Teresa, comuna La Calera, y al llegar a la altura del número 755, se acercó al vehículo Placa Patente Única ZK-2128, el cual estaba estacionado en la vía pública, de

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