C/ JORGE ARIEL NEIRA CONTRERAS
Rol
O-2410-2022
Fecha
16 de agosto de 2022
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos establecidos en la sentencia: El día 01 de abril de 2022, alrededor de las 22:30 horas aproximadamente, en las cercanías del acceso principal de la 38ª Comisaría de Puente Alto, la imputada Constanza Javiera Bravo Figueroa sin contar con los permisos o autorizaciones pertinentes, guardó, poseyó, portó y transportó 10 pastillas de Clonazepam y 15 bolsas contenedoras de Marihuana con un peso de 15 gramos, droga Código: YSNRXXWSEYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl toda que estaba destinada a uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. Circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal: Concurren las atenuantes del artículo 11 N° 6 y 11 N° 9 del Código Penal. Sentencia definitiva: Sólo parte resolutiva. Puente Alto, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 11 N° 9, 14, 15, 49 y siguientes del Código Penal; artículo 50 de la Ley 20.000; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a doña CONSTANZA JAVIERA BRAVO FIGUEROA, cédula de identidad N° 0021005646-7, ya individualizada en la presente causa, como autora de una falta consumada prevista y sancionada en el artículo 50 de la Ley 20.000, por los hechos ocurridos en la comuna de Puente Alto el día 01 de abril del año 2022, a la pena pecuniaria de MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL más el COMISO de las especies incautadas. II.- Que, en cuanto a la pena de multa, se accede a lo solicitado por la defensa en cuanto a que se dispone la suspensión de la pena y de sus efectos por un plazo de seis meses, transcurridos los cuales, sin que la sentenciada hubiere sido objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, el tribunal dejará sin efecto la sentencia y, en su reemplazo, se dictará el sobreseimiento definitivo de la presente causa
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 11 N° 9, 14, 15, 49 y siguientes del Código Penal; artículo 50 de la Ley 20.000; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a doña CONSTANZA JAVIERA BRAVO FIGUEROA, cédula de identidad N° 0021005646-7, ya individualizada en la presente causa, como autora de una falta consumada prevista y sancionada en el artículo 50 de la Ley 20.000, por los hechos ocurridos en la comuna de Puente Alto el día 01 de abril del año 2022, a la pena pecuniaria de MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL más el COMISO de las especies incautadas. II.- Que, en cuanto a la pena de multa, se accede a lo solicitado por la defensa en cuanto a que se dispone la suspensión de la pena y de sus efectos por un plazo de seis meses, transcurridos los cuales, sin que la sentenciada hubiere sido objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, el tribunal dejará sin efecto la sentencia y, en su reemplazo, se dictará el sobreseimiento definitivo de la presente causa. III.- Se exime a la sentenciada del pago de las costas de la causa. Dese oportuno cumplimiento a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Sentencia ejecutoriada. Pronunciada por doña GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ, Juez Juzgado de Gar
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Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Puente Alto., dieciséis de agosto de dos mil veintidós Magistrado GRICELDA MARGARITA VALENZUELA RODRÍGUEZ Fiscal MARCIA BAEZ BARRAZA Defensor JESSICA VIVIANA ACEVEDO REYES Hora inicio 10:07AM Hora termino 10:24AM Sala SALA 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta GGD RUC 2200314024-9 RIT 2410 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JORG
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