MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ MAURICIO ANDRÉS RUIZ SILVA
Rol
O-347-2022
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la acusación impetrada por el Ministerio Público, en contra de don MAURICIO ANDRES RUIZ SILVA, Cédula Nacional de Identidad Nº18.794.774-K, se ignora profesión u oficio, con domicilio en Luis Duran Nº4213, Punta Arenas. Como acusador, compareció el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto de Punta Arenas, don Oliver Ramssy. Por su parte, la defensa letrada del acusado fue realizada en esta audiencia por el abogado Defensor Penal Público don Leonardo Vallejos. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, son los siguientes: “La madrugada del día 16 de marzo de 2022, a so de las 05:00 hrs. am., el acusado, MAURICIO ANDRES RUIZ SILVA, concurre al domicilio de la víctima David Alejandro Sánchez Aguilar ubicado en calle Gaspar Marín Nº 0642 de esta ciudad, procediendo a ingresar al patio del inmueble por vía no destinada al efecto, esto es, mediante escalamiento, escalando el cierre perimetral de la casa habitación, para luego de ellos ingresar al inmueble por el sector de la cocina, registrando la vivienda y procediendo a sustraer contra la voluntad de sus dueños y ánimo de lucro diversas especies, entre otras, una motosierra marca INGCO, una chaqueta de mujer marca Doite, un reloj, Código: CDXWXXXNBYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl un Ipad, una alcancía con dinero en su interior, aproximadamente $40.000, asimismo sustrae dinero que se mantenía en la billetera de la víctima que se mantenía en un mueble dentro del domicilio, acto seguido y con las especies sale del lugar y se dirige hasta la camioneta PPU. CBRJ.63 que la víctima mantenía estacionada en la vía pública tratado de abrirla no consiguiendo su propósito al verse sorprendido por la víctima, huyendo del lugar siendo luego detenido por Carabineros con las especies sustraídas” A juicio de la fiscalía, los hechos anteriormente descritos constituyen el delito de robo en
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día miércoles tres de agosto de dos mil veintidós, ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, se celebró audiencia de juicio abreviado en causa rol interno O-347-2022 que tuvo por objeto conocer y juzgar los hechos contenidos en la acusación impetrada por el Ministerio Público, en contra de don MAURICIO ANDRES RUIZ SILVA, Cédula Nacional de Identidad Nº18.794.774-K, se ignora profesión u oficio, con domicilio en Luis Duran Nº4213, Punta Arenas. Como acusador, compareció el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto de Punta Arenas, don Oliver Ramssy. Por su parte, la defensa letrada del acusado fue realizada en esta audiencia por el abogado Defensor Penal Público don Leonardo Vallejos. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, son los siguientes: “La madrugada del día 16 de marzo de 2022, a so de las 05:00 hrs. am., el acusado, MAURICIO ANDRES RUIZ SILVA, concurre al domicilio de la víctima David Alejandro Sánchez Aguilar ubicado en calle Gaspar Marín Nº 0642 de esta ciudad, procediendo a ingresar al patio del inmueble por vía no destinada al efecto, esto es, mediante escalamiento, escalando el cierre perimetral de la casa habitación, para luego de ellos ingresar al inmueble por el sector de la cocina, registrando la vivienda y procediendo a sustraer contra la voluntad de sus dueños y ánimo de lucro diversas especies, entre otras, una motosierra marca INGCO, una chaqueta de mujer marca Doite, un reloj, Código: CDXWXXXNBYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl un Ipad, una alcancía con dinero en su interior, aproximadamente $40.000, asimismo sustrae dinero que se mantenía en la billetera de la víctima que se mantenía en un mueble dentro del domicilio, acto seguido y con las especies sale del lugar y se dirige hasta la camioneta PPU. CBRJ.63 que la víctima mantenía estacionada en la vía pública tratado de abrirla no consiguiendo su propósito al verse sorprendido por la víctima, huyendo del lugar siendo luego detenido por Carabineros con las especies sustraídas” A juicio de la fiscalía, los hechos anteriormente descritos constituyen el delito de robo en lugar habitado del artículo 440 N°1 en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, ilícito consumado y en el cual se atribuye autoría al encartado conforme a los artículos 15 Nº1 del Código Penal respectivamente. A juicio del Ministerio Público, respecto del acusado concurre una circunstancia agravante, esto es, la del artículo 12 N°16 del Código Penal. Finalmente, sobre la pena a aplicar, haciendo uso de la facultad del artículo 407 del Código Procesal Penal, en cuanto a los delitos del artículo 449 del Código Penal, esto es, disminuir en un grado al mínimo de la pena asignada por ley, pide aplicar la pena 5 años de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias del artículo 29 del Código Penal y costas a cr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1°, 2°, 3°, 7°, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 26, 29, 47, 50, 67, 69, 440 N°1°, 449 bis del Código Penal; artículos 1°, 4°, 36, 45, 46, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 344, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216; y Acuerdo de Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal, se declara que: I.- Se CONDENA al acusado don MAURICIO ANDRES RUIZ SILVA, Cédula Nacional de Identidad Nº18.794.774-K, ya individualizado, como autor del delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, descrito y sancionado en el artículo 440 N°1 en relación con el artículo 432 y 442 Nº 1 del Código Penal en grado de consumado, cometido el día 16 de marzo de 2022 en la comuna de Punta Arenas, a soportar la pena de CINCO AÑOS (5) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, ACCESORIAS DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA CARGOS Y OFICIOS PÚBLICOS Y DERECHOS POLÍTICOS Y LA DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA PROFESIONES TITULARES MIENTRAS DURE LA CONDENA. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos previstos en el artículo 15 bis de la Ley 18.216, se dispone la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, respecto de la sanción privativa de libertad, por el mismo lapso de la condena principal, debiendo sujetarse a Código: CDXWXXXNBYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verific
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TRIBUNAL : GARANTÍA DE PUNTA ARENAS RUC N° : 2200250615-0 RIT N° : O-347-2022 PROCEDIMIENTO : ABREVIADO IMPUTADO : MAURICIO ANDRES RUIZ SILVA Punta Arenas, ocho de agosto del año dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día miércoles tres de agosto de dos mil veintidós, ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, se celebró audiencia de juicio abr
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