COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/
Rol
V-115-2019
Fecha
5 de marzo de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: El 30 de Agosto de 2019, a las 16.42 horas, don Diego Brieba Vial, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N°8.625.311-9, en representación de Compañía Contractual Minera Los Andes, empresa chilena, del giro de su denominación, RUT N°78.860.780-6, ambos domiciliados en paseo Huérfanos N°1270, piso 10 Santiago, ingresó a este Tribunal, a través de la Oficina Judicial Virtual el pedimento minero denominado “Tolar F 3”, solicitando la constitución de la concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales abiertos e incultos. El punto medio tiene coordenadas U.T.M.: al Norte: 5.906.500,00 metros; al Este: 308.000,00 metros y se encuentra ubicado en la Comuna de Coihueco, Provincia de Punilla, Región de Ñuble. El área solicitada que se propone explorar tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este- Oeste U.T.M. medirán 2.000 metros, encerrando una superficie de 200 hectáreas. Dicho pedimento se inscribió a fojas 336, número 155 en el Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Chillán de 2019 el 23 de Septiembre de 2019, copia de cuya inscripción se incorporó el 22 de Noviembre de 2019, folio 4 del sistema. El pedimento referido se publicó el 30 de Septiembre de 2019 en el Boletín Oficial de Minería de Santiago, incorporado al sistema también 22 de Noviembre de 2019, folio 4. RIT« » Foja: 1 Que, mediante Oficio N°000138 de 20 de Enero de 2020 ingresado en la Oficina Judicial Virtual el 21 de Enero de 2020, folio 7 del sistema, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el informe correspondiente. El 23 de Enero de 2020 se trajeron los autos para resolver.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que, con el mérito de las actuaciones que constan en la causa, se desprende que se ha dado cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 55 del Código de Minería. 2°.- Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de 20 de Enero de 2020, folio 7 del sistema, expresa que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. 3°.- Que, en consecuencia, se han cumplido todos los requisitos, cuya omisión o retardo acarrea la caducidad de los derechos emanados del pedimento. Y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 34, 35, 37, 42, 56, 57, 86 y 87 del Código de Minería,
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la solicitud de lo principal de la presentación de 30 de Agosto de 2019 (folio 1) y, en consecuencia, se tiene por constituida legalmente la concesión de exploración denominada “Tolar F 3” de 200 hectáreas, ubicado en la Comuna de Coihueco, Provincia de Punilla, Región de Ñuble, cuyos vértices quedan comprendidos entre las siguientes coordenadas UTM (m): Vértice 1: Norte, 5.907.000, 00 metros; Este 307.000,00 metros; Vértice 2: Norte, 5.907.000,00 metros; Este 309.000,00 metros; Vértice 3: Norte, 5.906.000,00 metros; Este 309.000,00 metros; Vértice 4: Norte 5.906.000,00 metros; Este 307.000,00 metros y cuyo punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M; Al Norte: 5.906.500,00 metros, Al Este: 308.000,00 metros. El perímetro definido por los vértices antes enumerados limita una superficie total de 200 hectáreas. El vértice 1 se encuentra a una distancia U.T.M. de 1.118,03 metros y con un azimut U.T.M. de 329,5167 grados centesimales del punto medio, señalados en el pedimento. RIT« » Foja: 1 El azimut está expresado en sistema centesimal. Las coordenadas U.T.M. están referidas al Datum La Canoa 1956, Huso 19. II.- Que, se aprueban los planos de la misma concesión de exploración, incorporados al sistema el 22 de Noviembre de 2019, folio 4. III.- Que, se otorga la concesión de exploración descrita a favor de Compañía Contractual Minera Los Andes, representada por don Diego Brieba Vial. Publíquese esta sentencia en conformidad con lo dispue
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 11 .-ONCE.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : V-115-2019 CARATULADO : COMPA A CONTRACTUAL MINERA LOSÑÍ ANDES/ Chillán, cinco de Marzo de dos mil veinte. VISTOS: El 30 de Agosto de 2019, a las 16.42 horas, don Diego Brieba Vial, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N°8.625.311-9, en representación de Compañía Contractu
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