CÁRCAMO/SOCIEDAD ZUÑIGA Y CARRASCO LTDA
Rol
O-59-2021
Fecha
20 de agosto de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña YELIKA BELÉN CÁRCAMO VILLEGAS, trabajadora, cédula nacional de identidad número 19.724.465-8, con domicilio en pasaje José Mata, comuna de Rengo, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general de declaración de relación laboral y cobro de prestaciones laborales en contra de la empresa SOCIEDAD ZÚÑIGA Y CARRASCO LIMITADA, rol único tributario 76.209.518-1, empresa del giro de su denominación, representada legalmente por don Manuel Enrique Zúñiga Miranda, cédula nacional de identidad número 10.626.085-5, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Avenida San Martín N° 197, comuna de Rengo. Funda su presentación, en síntesis, en que prestó servicios para el demandado bajo un vínculo de subordinación y dependencia desde el 1° de octubre de 2020. Agrega que las funciones desempeñadas eran de atención de público en el establecimiento de comida rápida “donde Manolo”, describiendo su jornada, remuneraciones y duración del contrato (indefinido). En particular, lo que motivó su demanda fue el no pago de parte de su ex empleador de las remuneraciones y cotizaciones cuyos períodos y montos especifica en el cuerpo y petitorio del libelo. Previas citas legales y demás consideraciones de hecho y de derecho solicita se acoja la demanda de declaración de relación laboral y cobro de prestaciones en todas sus partes, declarándose la existencia de la relación laboral, que su remuneración mensual imponible asciende a la suma de $400.613 y, en definitiva, que se condene al demandado al pago de la remuneración líquida correspondiente al mes de noviembre de 2020 y de las cotizaciones de AFP Provida, FONASA y AFC por los meses de noviembre y diciembre del mismo año. Todo lo anterior, con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Que no compareció la parte demandada a la audiencia preparatoria ni a la audiencia de juicio, por lo que se siguió el juicio en su rebeldía. TERCERO: Que a la audiencia de juicio llevada a efecto el día de hoy comparece únicamente la parte demandante, quien incorporó las siguientes probanzas: Prueba documental: 1.- Acta de comparendo de conciliación anexo de reclamo N° 603/2021/018; 2.- Certificado de cotizaciones de AFP PLAN VITAL; 3.- Certificado de cotizaciones de FONASA; 4.- Liquidación de sueldo del mes de diciembre. Prueba confesional: Se solicitó la comparecencia a absolver posiciones del representante legal de la demandada Sociedad Zúñiga y Carrasco Ltda., don Manuel Enrique Zúñiga Miranda, bajo el apercibimiento legal consagrado en el artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. El absolvente no compareció y se solicita se haga efectivo el apercibimiento legal. El tribunal lo deja para definitiva. CUARTO: Que, de conformidad con lo anterior, y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 453, número 1 inciso séptimo del Código del Trabajo, el tribunal dará por tácitamente admitidos los hechos relatados en el libelo pretensor. Asimismo, atendida la incomparecencia injustifica
Fallo
se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda de declaración laboral y cobro de prestaciones laborales interpuesta por doña YELIKA BELÉN CÁRCAMO VILLEGAS en contra de SOCIEDAD ZÚÑIGA Y CARRASCO LIMITADA, declarándose la existencia de la relación laboral entre las partes entre el 1° de octubre de 2020 y el 7 de enero de 2021, que la remuneración mensual imponible percibida por la trabajadora asciende a la suma de $400.613, por lo cual se condena al demandado al pago de los siguientes conceptos: a) $328.462, por concepto de remuneración líquida correspondiente al mes de noviembre de 2020. b) Cotizaciones de FONASA y AFC por los meses de noviembre y diciembre de 2020, en razón de una remuneración imponible de $400.613. c) Las sumas antes referidas devengarán intereses y reajustes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que se condena en costas a la demandada, por haber sido totalmente vencida, regulándose las personales en la suma de $350.000. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Quedan las partes notificadas de todo lo obrado y resuelto en esta audiencia, la demandante por encontrarse presente en la misma y la parte demandada por encontrarse en rebeldía. Dirigió la audiencia y resolvió don SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes. Rengo,
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20 de agosto de 2021 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 21-4-0336183-3 RIT O-59-2021 MATERIA Cobro de prestaciones laborales MAGISTRADO DON SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Luis Pérez Cabrera HORA DE INICIO 12:33 horas HORA DE TERMINO 12:58 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2140336183-3-111 PA
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