FLORES/TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Rol
C-4491-2019
Fecha
5 de marzo de 2020
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1, MARIO ERWIN FLORES CONTRERAS, sin profesión u oficio indicados, domiciliado en calle Independencia n.° 630, Oficina 210, de la ciudad de Valdivia, dedujo demanda contra TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, representada por la abogada EVA CAROLINA BARRIENTOS PERALTA, o quien la subrogue legalmente en el cargo, ambas domiciliadas en San Carlos N° 50, Valdivia, pretendiendo que se declare la prescripción de las acciones para el cobro de los impuestos individualizados en el certificado de deuda emitido con fecha 16 de noviembre de 2019 que se detalla a continuación: Fundamentó su petición en que ha transcurrido en exceso el plazo de 3 y 6 años contemplados, en los artículos 200 y 201 del Código Tributario, para hacer efectivo el cobro de dichos impuestos, contados a partir de la fecha en que se hicieron exigibles dichos montos. Agregó que si bien dichos folios morosos fueron cobrado judicialmente por la demandada en dos causas judiciales, roles C-4555- 2015 y 1368-2007, ambas seguidas ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Valdivia, y en expedientes administrativos roles 504-2008-VALDIVIA, 527-2004 VALDIVIA y 548-2005 VALDIVIA, dichos procesos no prosperaron, toda vez que C-4491-2019 Folio 18 se alegó el abandono del procedimiento, cuestión que fue resuelta por sentencias judiciales, las cuales se encuentran firmes, por lo que excluyen cualquier defensa que pretenda la parte demandada, basada en una eventual causal de interrupción de la prescripción. En folio 7, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que rola en autos. En folio 17, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con el mérito del certificado de deuda de Mario Erwin Flores Contreras de folio 1, emitido por la Tesorería General de la República el 16 de noviembre de 2019, acompañado con la ritualidad procesal correspondiente y no objetado, se tiene por acreditada la existencia de las obligaciones del demandante de pagar la deuda, reajuste, intereses y multa que en él se detallan y que a la fecha de emisión del certificado, se encontraban en mora. SEGUNDO: Que tanto los procesos administrativos seguidos ante Tesorería, como las acciones judiciales incoadas por la demandada contra la demandante, tendientes al cobro de los folios morosos ya individualizados, no han tenido la suficiencia para interrumpir la prescripción, toda vez fueron declarados abandonados según se desprende de las sentencias y certificados de ejecutoriedad acompañados en forma legal y no objetados en folio 1, y teniendo presente que ha transcurrido el plazo de prescripción de los artículos 2515 y 2521 del Código Civil, se acogerá la pretensión de la demandante. Por tales motivaciones y disposiciones citadas, y visto además lo dispuesto en los artículos 200 y 201 del Código Tributario, 160, 170 del Código de Procedimiento Civil y 1567 N.° 10 y 1698 del Código Civil,
Fallo
se declara: Que ha lugar a la demanda de folio 1. En consecuencia, se declara la prescripción de los impuestos adeudados individualizados en el certificado de deuda acompañado a la demanda en folio 1, sin costas. Notifíquese. Consúltese si no se apelare. Resolvió Nibaldo Cabezas López, Juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, cinco de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-05T12:15:19-0300
Texto Completo (Preview)
C-4491-2019 Folio 18 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valdiviaº CAUSA ROL : C-4491-2019 CARATULADO : FLORES/TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Valdivia, cinco de Marzo de dos mil veinte VISTOS: En folio 1, MARIO ERWIN FLORES CONTRERAS, sin profesión u oficio indicados, domiciliado en calle Independencia n.° 630, Oficina 210, de la ciudad de Valdivia, dedujo dema
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