Juzgado de Letras y Garantía Mejillones

ANTOFAGASTA MINERALS S.A/

Rol

V-338-2019

Fecha

9 de marzo de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado y José Manuel Cortés Leighton, chileno, abogado, soltero, ambos en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, presentó pedimento minero con fecha 02 de septiembre de 2019 por la Oficina Judicial Virtual de este tribunal, para constituir una concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terreno fiscales abiertos e incultos, punto medio coordenadas U.T.M. Norte 7.469.650,00 metros y Este 389.300,00 metros ubicados en la comuna de Mejillones, provincia de Antofagasta, región de Antofagasta, todas referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19. Agrega que el área solicitada tiene forma de rectángulo, siendo la longitud de sus lados en orientación Norte-Sur U.T.M. 2.000 metros, y Este-Oeste U.T.M 1.000 metros, encerrando una superficie de 200 hectáreas, que se denomina “ALADINO B 2”; solicita, se ordene su inscripción y publicación. SEGUNDO: Que la publicación del pedimento se practicó el 23 de septiembre de 2019, en el ejemplar Nº 42.459 del Boletín Oficial de Minería; inscribiéndose a fojas 765 con el N°358 del Registro de Descubrimientos del año 2019 del Conservador de Minas de Mejillones, conforme copias agregadas digitalmente con fecha 28 de noviembre de 2019. TERCERO: Que con fecha 22 de enero de 2020 a folio 12, rola el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería N°480, donde indicó que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. CUARTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada un

Fundamentos

considerando que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de exploración o la declaración de caducidad, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58, 86, 87, 88, 89, y 90 del Código de Minería, 42, 43 y 44 de su reglamento;

Fallo

SE DECLARA: I. Que, SE APRUEBA, el plano de la concesión de exploración denominado “ALADINO B 2”, agregado digitalmente con fecha 28 de noviembre de 2019; cuyos originales se encuentran custodiados en la secretaria del Tribunal. II. Que, SE DECLARA CONSTITUIDA, a favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A, representada por don Juan Esteban Poblete Newman y don José Manuel Cortés Leighton, la concesión de exploración denominada “ALADINO B 2”, de 200 hectáreas de superficie. Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería dentro del plazo de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución. Inscríbase la presente sentencia y archívese una copia del plano aprobado en el Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas de Mejillones. Entréguese por el interesado el original del plano aprobado al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña LISSETE CAIMANQUE SALAS, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Mejillones, nueve de marzo de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Par

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FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garantía Mejillones CAUSA ROL : V-338-2019 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A/ Mejillones, nueve de marzo de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado y José Manuel Cortés Leighton, chileno, abogado, soltero, ambos en representación de ANTOFAGASTA

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