10º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ GALVARINO ALFONSO DAZA GARCÍA

Rol

O-462-2021

Fecha

12 de agosto de 2022

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Desde un tiempo a la fecha, a través de diversas técnicas investigativas tales como vigilancias discretas y la del agente revelador se pudo establecer que en los domicilios ubicados en las calles Pasaje 7 Nº5550 y Pasaje 7 Nº 5525, todos de la comuna de Pedro Aguirre Cerda, personas se dedicarían al tráfico de estupefacientes. De esta manera y en virtud de una orden de entrada y registro debidamente autorizada por este Tribunal, el día 26 de febrero de 2021 a eso de las 17.40 horas funcionarios policiales hicieron ingreso a los siguientes domicilios: 1) Pasaje 7 Nº 5525 de la Comuna de Pedro Aguirre Cerda: en este inmueble fue sorprendido el imputado Daza García, manteniendo al interior de su habitación tres municiones calibre .22 largo; un calibre .40; dos municiones a fogueo; una munición 7.65 y un cartucho .380; y una munición .12, sin contar con la autorización legal competente para ello. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 Nº9, 14 Nº1, 15 Nº1, 25, 30. 49, 50, 60, 68, 69, 70 del Código Penal, artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 17.798, ley 19.970, se declara: l.- Que se condena al acusado GALVARINO ALFONSO DAZA GARCIA ya individualizado en esta causa, a la pena de quinientos cuarenta y un días (541) de presidio menor en su grado medio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9° de la Ley 17.798, cometido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 26 de febrero de 2021. II.- La pena corporal impuesta deberá cumplirla en forma efectiva sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, en forma ininterrumpida desde el día 26 de febrero de 2021, fecha en que fue detenido, luego en KXYXXXYLKXW SILVIA CRISTINA CECILIA CARO QUIROZ Juez de garantía Fecha: 16/08/2022 13:38:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PU

Fallo

se declara: l.- Que se condena al acusado GALVARINO ALFONSO DAZA GARCIA ya individualizado en esta causa, a la pena de quinientos cuarenta y un días (541) de presidio menor en su grado medio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9° de la Ley 17.798, cometido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 26 de febrero de 2021. II.- La pena corporal impuesta deberá cumplirla en forma efectiva sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, en forma ininterrumpida desde el día 26 de febrero de 2021, fecha en que fue detenido, luego en KXYXXXYLKXW SILVIA CRISTINA CECILIA CARO QUIROZ Juez de garantía Fecha: 16/08/2022 13:38:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl file://Acta1_jg10/audiencias/2100039633-5-1229 prisión preventiva desde 27 de febrero de 2021 hasta 15 de junio de 2021 y seguidamente sin solución de continuidad con arresto domi

Texto Completo (Preview)

RUC : 2100039633-5 RIT : 462 – 2021 MAGISTRADO : SILVIA CRISTINA CARO QUIROZ NOMBRE IMPUTADO : GALVARINO ALFONSO DAZA GARCIA CEDULA DE IDENTIDAD : 7.413.809-8 DOMICILIO : PASAJE 7 Nº5525 – PEDRO AGUIRRE CERDA FISCAL : MARCELO APABLAZA VELIZ DEFENSORA PRIVADA : CAROLINA PEREIRA ISAMIT CEDULA DE IDENTIDAD : 14.155.650-9 MODIFICATORIAS : ATENUANTES 11 N°9 DEL CÓDIGO PENAL TIPO DE RESOLUCION REG. AUDI

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