8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ YASEN RODRIGO PARRA GONZÁLEZ

Rol

O-993-2021

Fecha

16 de agosto de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 03 de Febrero de 2021, a las 01:25 horas aproximadamente, en vigencia del toque de queda o prohibición horaria, el imputado Yansen Rodrigo Parra González, concurrió hasta la constructora cuyo nombre de fantasía NEO URBANO PLUS, ubicada en Juan Moya N°332 de la comuna de Ñuñoa en donde forzó la cerradura de una de sus puertas, ingresando al inmueble y luego de forzar puertas interiores y candados de las bodegas y roperillos, sustrajo distintas especies entre las que se cuentan un Labtab, televisor, diversas herramientas, 08 taladros, 05 serruchos eléctricos, cajas de herramientas, especies que se mantenían acopiadas y en bolsos al interior del inmueble, siendo sorprendido el imputado por personal policial al interior del inmueble, escondido en el sector del piso menos uno, siendo detenido. Requerido el detenido del permiso temporal o salvoconducto que lo habilitara a circular en la vía pública en horario de prohibición, señaló carecer de éste, poniendo con su conducta en peligro la salud pública”. Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, configuran delito frustrado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°2 del código penal. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: A juicio de la Fiscalía respecto del imputado Yansen Rodrigo Parra González concurre la circunstancia la circunstancia agravante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 12 N°15 del Código Penal. Pena Solicitada: El Ministerio Público, respecto del requerido Yansen Rodrigo Parra González solicito se le aplique la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, con costas. Alegaciones: Durante la clausura el Ministerio Público reiteró su solicitud de condenad, sosteniendo con la prueba de cargo se probaron los hechos y participación del requerido. SEGUNDO: Alegaciones de la Defensa. Que, en la audiencia de rigor y durante la clausura, la defensa del requerido solicit

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Requerimiento: Que el Ministerio Público fundó su requerimiento en los siguientes términos: Hechos: “El día 03 de Febrero de 2021, a las 01:25 horas aproximadamente, en vigencia del toque de queda o prohibición horaria, el imputado Yansen Rodrigo Parra González, concurrió hasta la constructora cuyo nombre de fantasía NEO URBANO PLUS, ubicada en Juan Moya N°332 de la comuna de Ñuñoa en donde forzó la cerradura de una de sus puertas, ingresando al inmueble y luego de forzar puertas interiores y candados de las bodegas y roperillos, sustrajo distintas especies entre las que se cuentan un Labtab, televisor, diversas herramientas, 08 taladros, 05 serruchos eléctricos, cajas de herramientas, especies que se mantenían acopiadas y en bolsos al interior del inmueble, siendo sorprendido el imputado por personal policial al interior del inmueble, escondido en el sector del piso menos uno, siendo detenido. Requerido el detenido del permiso temporal o salvoconducto que lo habilitara a circular en la vía pública en horario de prohibición, señaló carecer de éste, poniendo con su conducta en peligro la salud pública”. Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, configuran delito frustrado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°2 del código penal. Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: A juicio de la Fiscalía respecto del imputado Yansen Rodrigo Parra González concurre la circunstancia la circunstancia agravante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 12 N°15 del Código Penal. Pena Solicitada: El Ministerio Público, respecto del requerido Yansen Rodrigo Parra González solicito se le aplique la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, con costas. Alegaciones: Durante la clausura el Ministerio Público reiteró su solicitud de condenad, sosteniendo con la prueba de cargo se probaron los hechos y participación del requerido. SEGUNDO: Alegaciones de la Defensa. Que, en la audiencia de rigor y durante la clausura, la defensa del requerido solicitó la absolución de su Código: PWXWXXFPPCW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 representado sosteniendo que no se probó la participación del imputado en los hechos, toda vez que uno de los testigos no recordó el nombre del imputado y tampoco sus características, además que no compareció el encargado del recinto. TERCERO: Prueba de cargo. Que, conforme a la alegación de inocencia efectuada por la defensa, ha correspondido al Ministerio Público probar el delito materia del requerimiento, así como la participación que pudo corresponder al imputado. Con tal objeto, el Ministerio Público rindió las siguientes pruebas: Declaraciones de Alexis Ramón Manquilef Méndez, funcionario policial que expuso que en el día 3 de febrero de 2021, durante la madrugada, recibieron un comunicado de la central para concurrir al d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 y 442 del Código Penal; 45, 48, 295, 296, 297, 329, 333, 340, 342, 388, 389, 390, 391 y 396 del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Se absuelve a YASEN RODRIGO PARRA GONZÁLEZ, ya individualizado, del cargo que se le formuló en el requerimiento de ser autor de un delito de robo en lugar no habitado. II.- Se exime al Ministerio Público del pago de las costas de la causa, al estimarse que litigó con motivo plausible. Oportunamente dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y notifíquese. RUC N° 2100111964-5 RIT N° 993-2021 Resolvió don DANIEL EDUARDO ARAVENA PÉREZ, Juez Titular. Código: PWXWXXFPPCW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: PWXWXXFPPCW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-16T08:57:42-0400

Texto Completo (Preview)

8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N°993-2021 1 Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Que ante este Juzgado de Garantía se llevó a efecto juicio en contra de YASEN RODRIGO PARRA GONZÁLEZ, 25 años, C.I. N° 0020095835-7, domiciliado en calle Los Mercedarios 0809 depto. 23-A, comuna de Quilicura. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público, representado por la se

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