SCOTIABANK-CHILE/RAIN
Rol
C-142-2019
Fecha
5 de marzo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 5 de febrero de 2020, folio 8, la ejecutada de autos, comparece, solicitando sea notificada de la demanda ejecutiva y requerida de pago de las sumas demandadas, oponiendo además la excepción de prescripción de la deuda, señalando que entre la fecha de la mora del deudor, que provocó la aceleración del crédito y el vencimiento del pagaré, y la fecha de presentación del escrito mediante el cual se notifica y requiere de pago, transcurrieron con creces el plazo de prescripción extintivo establecido en la ley. SEGUNDO: Que, mediante presentación de fecha 27 de febrero de 2020, a folio 11, la parte ejecutante, evacuando el traslado conferido, señaló que, atendidos los nuevos antecedentes de autos, y respecto a la excepción de prescripción interpuesta, su parte viene en allanarse a la misma, solicitando además tener presente que se realizaron numerosas gestiones para intentar notificar al ejecutado, y así poder interrumpir la prescripción en curso, situación que no fue posible, por lo que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, pide no sea condenado al pago de costas. TERCERO: Que, así las cosas, no existiendo controversia en autos, ante lo expuesto por la parte ejecutante, allanándose a la excepción de prescripción opuesta, se acogerá la misma, no condenándose en costas al ejecutante debido al allanamiento señalado.
Fallo
Por lo expuesto, y en virtud a lo dispuesto en los artículos 144, 466 y 470, del Código de Procedimiento Civil, artículos 98, 100 y demás pertinentes de la Ley 18.092, SE DECLARA QUE: SE ACOGE, SIN COSTAS, la excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-142-2019 RESOLVIÓ DON CLAUDIO NECULMAN MUÑOZ, JUEZ TITULAR DEL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE PUNTA ARENAS. En Punta Arenas, a cinco de Marzo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-05T09:29:53-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Punta Arenas CAUSA ROL : C-142-2019 CARATULADO : SCOTIABANK-CHILE/RAIN Punta Arenas, cinco de Marzo de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 5 de febrero de 2020, folio 8, la ejecutada de autos, comparece, solicitando sea notificada de la demanda ejecutiva y requerida de pago de las sumas demandadas, oponie
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica