MINISTERIO PUBLICO C/ AYRTON CARLOS OSSANDÓN VICENCIO
Rol
O-4380-2022
Fecha
13 de agosto de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 3 de agosto de , a las : horas aproximadamente, en la intersección de las calles Almagro y Cienfuegos de esta ciudad de La Serena, el imputado Ayrton Carlos Ossandón Vicencio, fue controlado por personal de Carabineros de Chile, portando consigo un arma blanca tipo cuchillo cocinero, marca Stainless Steel, de centímetros de empuñadura por centímetros de hoja; sin justificar el imputado el porte de arma”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° - - - 1 - - - 4 - -SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, , 11 N° , 14 N° 1, 15 Nº 1, 4, 5, 1, 4 , 5 , , y bis del Código Penal; 45, 4 , y siguientes del Código Procesal Penal,
Fallo
se resuelve: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 8 -3 RIT Nº: 38 - DELITO: Porte ilegal de arma cortante o punzante SENTENCIADO: AYRTON CARLOS OSSANDÓN VICENCIO HHDCXXCBMYV Pedro Alvaro Rojas Castro Juez de garantía Fecha: 14/08/2022 11:33:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl I.- Que, SE CONDENA a AYRTON CARLOS OSSANDÓN VICENCIO, cédula nacional de identidad N° 1 . 1. -5, ya individualizado, al pago de una multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor de un delito de porte ilegal de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo bis del Código Penal, en grado consumado, perpetrado en esta comuna, el día trece de agosto del año dos mil veintidós. II.- Que, si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer el pago de la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un tercio de Unidad Tributaria Mensual, en la especie en un día de reclusión. III.- Que, se decreta el COMISO del arma blanca incaut
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, trece de agosto de dos mil veintidós Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Andrés Gálvez Kelly Defensor Rodrigo Barrera Rojas Imputado Ayrton Carlos Ossandón Vicencio, cédula nacional de identidad N° . . - , domiciliado en calle principal, sitio 8-B, localidad de Huachalalume, comuna de Coquimbo. Sala Sala Acta transc
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