7º Juzgado de Garantía de Santiago

CRISTIAN OMAR SOTO AGUIRRE C/ PEDRO ENRIQUE SAAVEDRA GÁLVEZ

Rol

O-17602-2018

Fecha

11 de agosto de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El día 29 de Agosto del año 2017, a las 11:50 horas aproximadamente, en la sala de visitas Nº9 del CDP Santiago 1, ubicado en Avenida Nueva Centenario Nº1879, comuna de Santiago, la acusada MARIA TERESA SAAVEDRA GÁLVEZ, le hizo 2 entrega de un elemento al interno PEDRO SAAVEDRA GÁLVEZ, que contenía 02 envoltorios de nylon, el primero con 47 comprimidos enteros y 16 fraccionados y la otra con 57 comprimidos enteros y 16 fraccionados, todos de clonazepam de 2 gramos cada comprimidos, con la finalidad de ser puesto a disposición de los internos del penitenciario.. SE DECLARA: I.- Que se condena a PEDRO ENRIQUE SAAVEDRA GÁLVEZ, ya individualizado a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS de presidio menor en su grado medio, a la pena de UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria mensual, accesorias de suspensión para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de MICROTRAFICO, previsto y sancionado en el artículo 4 de la ley nº20.000, hecho ocurrido en la comuna de Santiago el día 29 de Agosto del año 2017y el que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que no cumpliendo la sentenciada los requisitos de la Ley 18.216, deberá cumplir la pena en forma EFECTIVA, SIN abonos que SVLXXXJVJYV ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER Juez de garantía Fecha: 14/08/2022 10:22:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl considerar. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas por haber aceptado este procedimiento abreviado, atendido que con ello han ahorrado

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a PEDRO ENRIQUE SAAVEDRA GÁLVEZ, ya individualizado a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS de presidio menor en su grado medio, a la pena de UN TERCIO (1/3) de Unidad Tributaria mensual, accesorias de suspensión para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de MICROTRAFICO, previsto y sancionado en el artículo 4 de la ley nº20.000, hecho ocurrido en la comuna de Santiago el día 29 de Agosto del año 2017y el que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que no cumpliendo la sentenciada los requisitos de la Ley 18.216, deberá cumplir la pena en forma EFECTIVA, SIN abonos que SVLXXXJVJYV ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER Juez de garantía Fecha: 14/08/2022 10:22:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl considerar. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas por haber aceptado este procedimiento abreviado, atendido que con ello han ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. Una vez ejecutoriada la

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENT Abreviado FECHA: Santiago, once de agosto de dos mil veintidós TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER RUC: 1700858516-4 RIT: 17602 - 2018 IMPUTADO: PEDRO ENRIQUE SAAVEDRA GÁLVEZ C.I. 0009578500-K DELITO MICROTRAFICO ARTICULO 4 de la ley 20.000.- PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES 11 N°9 del Código Penal. A

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica