Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua-Tagua.

MARIA EVA VIRRAROEL LEIVA C/ RAÚL ALBERTO FRITZ ROJAS

Rol

O-3113-2021

Fecha

12 de agosto de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS Que el 1 de octubre de 2021, a eso de las 13:50 horas, el imputado RAÚL ALBERTO FRITZ ROJAS concurrió hasta las dependencias de la librería “Galacentro”, ubicada en Gemán Risco N° 944, comuna de San Vicente, lugar en el cual procedió a tomar para sí con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, una caja de pilas marca Duracell, de propiedad del referido establecimiento, avaluada en la suma de $51.600, con la cual procede a retirarse del lugar, apropiándose de ella. A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, consumado, y tiene participación el requerido en calidad de autor. Código: QCFVXXHMXXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:evita74villarroel@hotmail.com Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono 72 2 573099 SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 25, 30, 49, 50, 60, 67 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216; se declara: I.- Que se CONDENA a RAÚL ALBERTO FRITZ ROJAS, cédula de identidad N° 19.682.886-9, ya individualizado, a la pena de TRESCIENTOS UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en su calidad de autor del delito consumado de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, por los hechos acaecidos dentro del territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 01 de octubre de 2021. II.- Que se le condena a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III.- Que el cumplimiento deberá ser efetivo ya que no reune los requisi

Fundamentos

considerando particularmente que tiene arraigo social en San Vicente de T.T., que es más cercano a la Unidad Penal de Peumo, y particularmente la circunstancia que tiene un hijo menor de edad con el cual no ha tenido contacto. Sirviendo la presente acta como suficiente oficio remisor. • Orden de ingreso – sentenciado – Complejo Penitenciario de Rancagua. DICTADA POR VÍCTOR ILICH RUIZ HUERTA, JUEZ DE GARANTÍA DE SAN VICENTE DE T.T. Llpavez / Dra Código: QCFVXXHMXXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-13T11:39:45-0400

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a RAÚL ALBERTO FRITZ ROJAS, cédula de identidad N° 19.682.886-9, ya individualizado, a la pena de TRESCIENTOS UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en su calidad de autor del delito consumado de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, por los hechos acaecidos dentro del territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 01 de octubre de 2021. II.- Que se le condena a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III.- Que el cumplimiento deberá ser efetivo ya que no reune los requisitos de la Ley 18.216 para pena sustitutiva alguna. Sin abonos a considerar en caso de quebrantamiento o revocación. IV.- Que el Tribunal rechaza la rebaja de multa solicitada por la defensa por improcedente, existiendo una agravante, no es posible rebajar la pena de multa por debajo del mínimo legal, pero si, se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del código punitivo, en orden a la exención de los apremios que prescribe el articulo 49 ya aludido, lo que se traduce en otras palabras, quedar exento de los apremios, por lo tanto, no habría forma para obligar al pago de la multa, al menos, con los apremios aludidos. V.- Que se le exime del pago de las costas de la causa atendido lo expuesto en su oportunidad. Para efectos de la Ley 20.285 y la posterior publicación de la sentencia en la Página Web del Poder Judicial, publíquese sol

Texto Completo (Preview)

Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono 72 2 573099 REGISTRO : 217/2022 ACTA DE AUDIENCIA RUC: 2100888998-5 RIT: 3113 - 2021 JUEZ: VÍCTOR ILICH RUIZ HUERTA FECHA: 12 de agosto de 2022 HORA INICIO: 11:47 HORA DE TÉRMINO: 12:18 TIPO DE AUDIENCIA: Juicio Oral Simplificado DELITO: Hurto Simple AUDIO: INTERVINIENTES: FISCAL: Juan Andrés Fuenzalida Martínez DEFENSOR: Gonzalo

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