Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ RODRIGO MIJAEL VERGARA PIZARRO

Rol

O-8353-2021

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y previa autorización judicial, el 13 de septiembre del 2021 a las 07:10 horas, se ingresa al domicilio con funcionarios de la Brianco y se detiene a ESTEFANÍA JARA ROJAS y CLAUDIO MUÑOZ CORREA, quienes al interior guardaban y tenían las siguientes especies, en un dormitorio matrimonial tres frascos de vidrio contenedores de cannabis sativa, en la cocina un frasco de vidrio y una copa con cannabis sativa en proceso de secado, además de mantener la estructura especial para plantación de cannabis indoor y una prensa eléctrica para extraer la resina. Asimismo, en un joyero de propiedad de ESTEFANÍA JARA ROJAS se incautó un cartucho calibre 12 milímetros sin percutir y debidamente apto para el disparo. En total, la cannabis sativa decomisada es de 118,26 gramos netos. Código: GWQRXXJSQWY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y 9, 15 N°1, 18, 25, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal; 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; leyes 18.216 , 17.798 y 20.000; SE DECLARA: Que se CONDENA a ESTEFANÍA ANTONELA JARA ROJAS, ya individualizada, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y a pagar una multa a beneficio fiscal de CINCO unidades tributarias mensuales, por su responsabilidad como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, sorprendido en esta ciudad en septiembre del año 2021. Se le CONDENA asimismo, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, mas la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autora del delito tenencia ilegal de municiones, respecto del cual fue sorprendida en esta ciudad el 13 de septiembre de 202

Fallo

SE DECLARA: Que se CONDENA a ESTEFANÍA ANTONELA JARA ROJAS, ya individualizada, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y a pagar una multa a beneficio fiscal de CINCO unidades tributarias mensuales, por su responsabilidad como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, sorprendido en esta ciudad en septiembre del año 2021. Se le CONDENA asimismo, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, mas la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autora del delito tenencia ilegal de municiones, respecto del cual fue sorprendida en esta ciudad el 13 de septiembre de 2021. Que, por otra parte se CONDENA a CLAUDIO ANDRÉS MUÑOZ CORREA, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, multa a beneficio fiscal de CINCO unidades tributarias mensuales y a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito tráfico ilícito de estupefacientes, respecto del cual fue sorprendido en esta ciudad en septiembre del año 2021. Ambos sentenciados se les otorga la pena sustitutiva de libertad vigilada i

Texto Completo (Preview)

RUC N° 2100692688-3 RIT N° 8353 - 2021 C/: ESTEFANÍA ANTONELA JARA ROJAS, nacida el 18 de noviembre de 1992, Cédula de identidad N° 18.271.718-5, domiciliada Calle 6, casa 86, Cerro Barón, Valparaíso. C/: CLAUDIO ANDRÉS MUÑOZ CORREA, nacido el 25 de agosto de 1982, chofer Cédula de identidad N° 15.078.698-3, domiciliado en Calle 6, casa 86, Cerro Barón, Valparaíso. Valparaíso, ocho de agosto de

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