Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

C/ VÍCTOR MANUEL BUSTOS GARAY

Rol

O-491-2021

Fecha

12 de agosto de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Viña del Mar, constituida por los jueces señora Rocío Oscariz Collarte, quien presidió la audiencia, señor Manuel Muñoz Chamorro y señora Mónica López Castillo, se llevó a efecto el Juicio Oral rit N° 491-2021, seguido contra Víctor Manuel Bustos Garay, nacido en Santiago el 13 de Agosto de 1980, Cédula de identidad N° 14.190.584-8, 42 años, cuidador de autos, soltero, domiciliado en calle Melitene N° 690, Block 6, departamento N° 11, Forestal, Viña del Mar; representado por el abogado defensor penal público don Renato Ibarra Ruiz, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal señor Lionel González, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación, según el auto de apertura del juicio oral son los siguientes: “El día 28 de Mayo de 2020, en horas de la mañana, personal del grupo MT0 de la Policía de Investigaciones de Viña del Mar, mantenía información en el sentido que un sujeto de nombre Víctor se estaba dedicando a la comercialización de sustancias estupefacientes en una especie de vivienda artesanal ubicada en la orilla del estero Marga Marga, frente al Mercado Municipal de esta ciudad. Con tales antecedentes y previa instrucción del Fiscal de Turno, el personal policial montó un dispositivo de vigilancia en las afueras de la referida vivienda artesanal; observando a las 14:25 horas del día señalado, que un sujeto más tarde identificado como Pablo Christian Toro Mansilla, se acercó a la vivienda artesanal, Código: EXPHXXDGEXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 2 siendo atendido por un sujeto más tarde identificado como el acusado Víctor Manuel Bustos Garay, quien se asomó desde di

Fundamentos

considerando anterior. Es así como el comisario de la Policía de Investigaciones Miguel Alejandro Salas Herrera, señaló que el día 28 de mayo del 2020, recibió información de locatarios del mercado de Viña del Mar, que decía relación con un punto de venta de droga ubicado en el estero Marga Marga, frente al mercado, donde se denunciaba que había una especie de construcción artesanal, que era utilizada para la venta de droga, por parte de una persona de sexo masculino de cerca de 38 años de nombre Víctor, se dio cuenta al fiscal de turno, quien los autorizó para realizar vigilancias, por lo que el día 28 de mayo del 2020 se posicionaron en el sector denunciado, ubicando esta construcción, y junto al Subcomisario Sebastián Menares, Inspector Angelo Caselli y Paulo Valencia hicieron vigilancias, y cerca de las 14:20 horas, estando con visión directa a esta construcción, a unos 20 metros, vieron que una persona de sexo masculino, de alrededor de 45 años, que usaba poleron negro y jeans azules, se acercó a la construcción, tomando contacto con la persona que se encontraba al interior, cuya descripción física correspondía a un sujeto de aproximadamente 38 años, contextura gruesa, barba y pelo largo, y este último le hace entrega de un par de envoltorios blancos, que guardó en el calcetín derecho, sentándose en el borde del estero, a un costado de esta construcción. Al ver estos signos evidentes para ellos como oficiales, procedieron a hacer el control de identidad a la persona que ocultó estos envoltorios en su calcetín, resultando ser Pablo Toro Mancilla, revisaron sus vestimentas, y encontraron dos envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedor de una sustancia en polvo que fue confirmada como cocaína base, a raíz de esto se hizo un control de identidad a la persona que le entregó estos envoltorios a Pablo Toro, siendo identificado como Víctor Bustos Garay, quien se encontraba el interior de Código: EXPHXXDGEXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 12 12 esta construcción. Luego, al registrar esta construcción encontraron oculta bajo una repisa una bolsa plástica contenedora de 59 envoltorios de papel blanco cuadriculado que a la prueba de campo arrojó positivo para cocaína base, por lo que se detuvo a Víctor Bustos Garay por el delito flagrante de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, se dio cuenta al fiscal de turno de los resultados obtenidos, quien instruyó que el detenido pasara control de detención al día siguiente. Este relató resultó íntegramente ratificado por el Subcomisario de la Policía de Investigaciones Ángelo Ariel Caselli Sánchez, quien declaró que este procedimiento se inició por información que recibió el comisario Miguel Salas, en cuya virtud se le informa de venta de droga desde una vivienda artesanal, o “ruco”, que se ubica en el borde del estero Marga Marga frente al mercado municipal, el Comisario Salas dio cuenta al fiscal de turno, y este instruye que

Fallo

Por lo expuesto, la Fiscalía requiere se imponga al acusado Víctor Manuel Bustos Garay la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo y MULTA de 10 Unidades Tributarias Mensuales, como autor del delito de microtráfico; más las accesorias legales correspondientes, especialmente el comiso de los efectos e instrumentos del delito y las costas de la causa. TERCERO: Que, en su alegato de inicio, el Ministerio Público señaló que el procedimiento no admite debates formales, y la prueba de cargo testimonial y pericial es suficiente para lograr convicción en el tribunal, por lo que al término del juicio reiterará su petición de condena. Luego, en su alegato de clausura, el Fiscal reitera su solicitud de condena respecto del acusado como autor del delito de micro tráfico de estupefacientes por los hechos contenidos en la acusación. Respecto a la teoría exculpante de la defensa, señaló que se trata de una teoría de cargo hermética que no se logró mellar, eso en Código: EXPHXXDGEXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 3 relación al carácter anónimo de la denuncia, del que no deriva encaso alguna la ilicitud del procedimiento, ya que en estos casos lo censurable es que el agente policial constituido en el lugar de la denuncia no constate nada sospechoso, pero si se percibe una conducta que constituya un indicio para el control no hay ilicitud en caso alguno, y en este caso ambos policías refieren que vieron que u

Texto Completo (Preview)

1 1 Ministerio Público C/ Víctor Manuel Bustos Garay DELITO : Microtráfico ROL ÚNICO : 2000542649-K ROL INTERNO : 491 - 2021 Viña del Mar, viernes doce de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Que con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Viña del Mar, constituida por los jueces señora Rocío Oscariz Collarte, quien

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