C/ FELIPE ESTEBAN CAMPOS SOLAR
Rol
O-152-2022
Fecha
12 de agosto de 2022
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, el día ocho de agosto del año en curso, ante esta Sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las magistrados doña Claudia Morgado Moscoso, como presidente de sala, doña Isabel Espinoza Morales, y doña Laura Andrea Assef Monsalve, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa rol interno del Tribunal 152-2022, seguida contra FELIPE ESTEBAN CAMPOS SOLAR, cédula nacional de identidad N°17.622.274-3, nacido en Santiago, el seis de septiembre de 1990, 31 años, casado, instalador de aire acondicionado, 4° Medio rendido, domiciliado en Pasaje Atenas N°5771, Villa Juanita Aguirre, comuna de Conchalí. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal María Alejandra Bravo Figueroa, en tanto la Defensa estuvo a cargo del Defensor Penal Privado Rodrigo Rivera Miranda, ambos con domicilio y forma de notificación conocidos por el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que la acusación que deberá ser objeto del juicio es la siguiente: “El día 29 de septiembre de 2021, a las 15:25 horas aproximadamente, en la autopista Central en dirección al sur y al llegar al kilómetro 2 aproximadamente, comuna de Estación Central, el acusado FELIPE ESTEBAN CAMPOS SOLAR, conducía a sabiendas la motocicleta marca Yamaha, modelo FZ-16, año 2013, color azul, con su placa patente trasera oculta, tapada en su totalidad las letras y numero Código: XTBGXXNXQSV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con una mascarilla de color celeste y sin mantener la placa patente delantera. La placa patente que resulto ser la IL-790. El imputado espontáneamente dijo al personal policial que mantenía tapada la patente por no tener tag”. Calificación Jurídica, grado de desarrollo y participación: Estima el Ministerio Público que se está en presencia de un delito de conducción a sabiendas con placa patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N°18.290, en grado de desarrollo consumado, en el cual le corresponde participación al imputado a título de autor conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal. Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal: Indica el Ministerio Público que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Pena solicitada: El Ministerio Público se imponga al acusado la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, la suspensión de su licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla por dos años, más multa de 50 UTM; penas accesorias del artículo 30 del Código Penal y costas de la causa por el delito conducción a sabiendas con placa patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290. TERCERO: Alegatos de Apertura. El Ministerio Público en su alegato de apertura señaló, que es obligación de todos los vehículos motorizados circular con sus placas patentes a la vista, no encontrándose dentro de las excepciones
Fallo
por estas sentenciadoras como un relato del todo creíble, por cuanto mantuvo correspondencia y encontrando suficiente corroboración entre la misma prueba producida en el juicio, consistente en las imágenes fotográficas exhibidas, así como la prueba documental incorporada; coherente, es decir, congruente, racional, que en ningún caso fue contra las reglas de la lógica y de las máximas de la experiencia, además no se vislumbró una ganancia secundaria en su declaración, ni que mediante ella se infirió una pretensión de dañar a cualquier título a la persona del imputado. Es así, como el relato del Suboficial se corrobora con la evidencia fotográfica de la motocicleta color azul marca Yamaha, en la que circulaba el acusado el día de los hechos, por la Autopista Central en dirección al sur, observándose imágenes -N°4 y 6- en las que se veía en la parte posterior de la moto una mascarilla color celeste tapando completamente la placa patente del vehículo, es decir, ocultándola a la vista en su circulación vial. Asimismo, se incorporaron como documentos el certificado de inscripción y anotaciones vigentes en el Registro Civil e Identificación Código: XTBGXXNXQSV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la motocicleta placa patente IL-0790-5, moto, año 2013, marca Yamaha, modelo FZ 16, color azul, figurando a nombre del acusado Campos Solar, así como su Hoja de Conductor, en que se indica no poseer licencia de conducir.
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C/ FELIPE ESTEBAN CAMPOS SOLAR. CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO A SABIENDAS CON PLACA PATENTE OCULTA. RUC 2100880187-5 RIT 152-2022 Santiago, doce de agosto de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, el día ocho de agosto del año en curso, ante esta Sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por las magistrados doña Claudia Morgado Moscoso, com
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