ROSSANA DEL CARMEN TOBAR NAVARRO C/ MARCIA MARIANA DEL CARMEN ALONSO RODRÍGUEZ
Rol
O-521-2021
Fecha
12 de agosto de 2022
Materia
APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PROBADOS:.................................................................................................47 DÉCIMO. TRANSFERENCIA DE FONDOS Y CONTEXTO:......................................................47 UNDÉCIMO. EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN: ...........................................................................52 DUODÉCIMO. CONSIDERACIONES SOBRE LA APROPIACIÓN INDEBIDA:......................54 DÉCIMO TERCERO. COMPORTAMIENTO OBJETIVO Y SUBJETIVO DESPLEGADO POR LOS ACUSADOS:............................................................................................................................55 DÉCIMO CUARTO. OTRAS CONSIDERACIONES PROBATORIAS: ......................................58 DÉCIMO QUINTO. PRUEBA DE ESACASO O NULO VALOR:................................................59 DÉCIMO SEXTO. DECISIÓN DE ABSOLUCIÓN: ......................................................................62 DÉCIMO SÉPTIMO. ACCIÓN CIVIL: ...........................................................................................62 PARTE RESOLUTIVA: ...................................................................................................................63 Código: DHSXXXDHSRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 MINISTERIO PÚBLICO DE VILLA ALEMANA c. MARCIA MARIANA DEL CARMEN ALONSO RODRÍGUEZ Y JAIME PATRICIO ALFONSO REYES LEVERTON. DELITO: APROPIACIÓN INDEBIDA (ABSOLUCIÓN). RUC: 1610004843-8. RIT: 521-2021. Viña del Mar, viernes doce de agosto de dos mil veintidós. Visto, oído y
Fundamentos
considerando: PRIMERO. TRIBUNAL E INTERVINIENTES: Los días 29 de julio, 01 y 03 de agosto pasado, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral en la presente causa, seguida en contra de los siguientes acusados: a) MARCIA MARIANA DEL CARMEN ALONSO RODRÍGUEZ, cédula nacional de identidad Nº 7.462.508-8, nacido en Viña del Mar el día 28 de octubre de 1955, de 66 años, casada, labores de casa, domiciliado en Carlos Walker N° 578, Agua Santa, Viña del Mar; b) JAIME PATRICIO ALFONSO REYES LEVERTON, cédula nacional de identidad Nº 4.342.870-5, nacido en Valparaíso el día 16 de agosto de 1942, 79 años, casado, ingeniero comercial, domiciliado en Carlos Walker N° 578, Agua Santa, Viña del Mar. Los acusados estuvieron legalmente representados en juicio por el defensor penal Rodrigo Vallejos Vergara. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por Sergio Morales Valenzuela. Fueron parte querellante en esta causa los abogados Andrea Pérez Castro y Cristian Gómez Gallardo, en representación de Rossana Tobar Navarro, y de Lorena Tobar Navarro. SEGUNDO. LA ACUSACIÓN FISCAL: La acusación fiscal se deduce por los siguientes hechos: “En virtud de una Carta Poder otorgada con fecha 26 de septiembre del año 2008, don Ramón Luis Tobar Salazar otorgó un poder especial a la imputada doña Marcia Mariana del Carmen Alonso Rodríguez, para que actuando en su nombre y representación pudiera realizar operaciones en la cuenta corriente del mandante número 25-37317-0, del Banco Santander, sucursal Villa Alemana, y para efectuar rescates de fondos y valores desde el Depósito a Plazo renovable en pesos que el Mandante mantenía en el mismo Banco y sucursal. Luego, con fecha 10 de septiembre del año 2009, doña Adriana Araneda Leiva, abogada de Ramón Luis Tobar Salazar, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Felix Jara Cadot, confirió Delegación de Poder General a la Código: DHSXXXDHSRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 imputada, facultándola para cobrar, girar y percibir los valores en las cuentas, que por estos conceptos le corresponda al Mandante. Actuando con las facultades conferidos en los poderes precedentemente indicados, la imputada Marcia Mariana del Carmen Alonso Rodríguez procedió a efectuar diversos giros y retiros a partir del año 2008 desde el Depósito a Plazo Renovable en pesos del Mandante, para depositarlos en la Cuenta Corriente del mismo, y, luego, retirar dichos fondos para proceder a depositarlos en la Cuenta Corriente bipersonal premiun, que mantenía junto al imputado Jaime Reyes Leverton, número 62- 82583-9, del Banco Santander-Chile, sucursal el Almendral, Valparaíso, conducta que se desarrolló en forma continua y permanente en el tiempo, incluso después del fallecimiento de don Ramón Luis Tobar Salazar, en el mes de agosto del año 2010, sin que se conozca hasta
Fallo
Por lo expuesto, se pide la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de 11 U.T.M., más las penas accesorias del artículo 29 del Código Penal, y costas de la causa. TERCERO. ACUSACIÓN PARTICULAR (Y/O DEMANDA CIVIL) DEL QUERELLANTE: La parte querellante se adhirió a la acusación fiscal. Así también, dedujo demanda civil en contra de ambos acusados, en los siguientes términos: “LOS HECHOS.- Don Ramón Luis Tobar Salazar era titular de la Cuenta Corriente N° 25- 37317-0, y del Depósito a Plazo, tomado el 9 de octubre del año 2008, por la suma de $109.681.189.- ambos, del Banco Santander-Chile, sucursal Villa Alemana. Con fecha 26 de septiembre del año 2008, don Ramón Luis Tobar Salazar, otorgó una Carta Poder, confiriendo poder especial a doña MARCIA MARIANA DEL CARMEN ALONSO RODRÍGUEZ, para que actuando a nombre del mandante pudiera: Ante el Banco Santander, sucursal Villa Alemana, realizar el trámite de consultar y negociar el plazo y tasa del depósito a plazo y hacer el traspaso de los intereses para que estos sean depositados en la cuenta corriente N° 25-37317-0, de la misma entidad bancaria, además de renovar la totalidad del capital”. Con fecha 10 de septiembre del año 2009, doña ADRIANA ARANEDA LEIVA, abogada de Ramón Luis Tobar Salazar, mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Felix Jara Cadot, otorgó Delegación de Poder General que Código: DHSXXXDHSRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v
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1 MINISTERIO PÚBLICO DE VILLA ALEMANA c. MARCIA MARIANA DEL CARMEN ALONSO RODRÍGUEZ Y JAIME PATRICIO ALFONSO REYES LEVERTON. DELITO: APROPIACIÓN INDEBIDA (ABSOLUCIÓN). RUC: 1610004843-8. RIT: 521-2021. Código: DHSXXXDHSRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Contenido PRIMERO. TRIBUNAL E INTERVINIENTES:.........................
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