ARREDONDO/LA CALETA SPA
Rol
O-1054-2021
Fecha
20 de agosto de 2021
Materia
Costas, Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 9, 160 n°7, 162, 420, 425, 453 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda, se declara la existencia de una relación laboral entre las partes desde el 27 de febrero de 2018 hasta el 06 de octubre de 2020, fecha en que concluyó por autodespido, condenándose al empleador don Marco Rojo Dolarea al pago de las siguientes prestaciones en favor del actor: a. $600.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $1.800.000.- por concepto de indemnización por años de servicio. c. $900.000.- por concepto de incremento legal del 50% d. $420.000.- por concepto de feriado legal adeudado. e. $280.000.- por concepto de feriado proporcional adeudado. f. Las cotizaciones previsionales, de febrero a abril de febrero a abril de 2018, agosto de 2018 a mayo de 2019 y noviembre de 2019 a septiembre de 2020. Las cotizaciones de salud de febrero a abril de 2018 agosto de 2018 a abril de 2019 y de noviembre de 2019 a septiembre de 2020 y AFC de febrero a abril de 2018, agosto de 2018 a mayo de 2019 y de noviembre de 2019 a septiembre de 2020. g. Las remuneraciones desde el despido hasta su convalidación mediante el pago de las prestaciones aludidas de seguridad social. II. Que las sumas ordenadas pagar devengarán los intereses y reajustes legales. III. Que se condena en costas al demandado, las que se regulan en este acto en la suma de $500.000.- Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió y dictó sentencia doña Paola Cecilia Díaz Urtubia, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veintiuno.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 9, 160 n°7, 162, 420, 425, 453 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda, se declara la existencia de una relación laboral entre las partes desde el 27 de febrero de 2018 hasta el 06 de octubre de 2020, fecha en que concluyó por autodespido, condenándose al empleador don Marco Rojo Dolarea al pago de las siguientes prestaciones en favor del actor: a. $600.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $1.800.000.- por concepto de indemnización por años de servicio. c. $900.000.- por concepto de incremento legal del 50% d. $420.000.- por concepto de feriado legal adeudado. e. $280.000.- por concepto de feriado proporcional adeudado. f. Las cotizaciones previsionales, de febrero a abril de febrero a abril de 2018, agosto de 2018 a mayo de 2019 y noviembre de 2019 a septiembre de 2020. Las cotizaciones de salud de febrero a abril de 2018 agosto de 2018 a abril de 2019 y de noviembre de 2019 a septiembre de 2020 y AFC de febrero a abril de 2018, agosto de 2018 a mayo de 2019 y de noviembre de 2019 a septiembre de 2020. g. Las remuneraciones desde el despido hasta su convalidación mediante el pago de las prestaciones aludidas de seguridad social. II. Que las sumas ordenadas pagar devengarán los intereses y reajustes legales. III. Que se condena en costas al demandado, las que se regulan en este acto en la suma de $500.000.- Téngase a las partes
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 19 de agosto de 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 21-4-0321272-2 RIT O-1054-2021 MAGISTRADO PAOLA CECILIA DÍAZ URTUBIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNÁNDEZ HORA DE INICIO 09:47 HORAS HORA DE TERMINO 09:55 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140321272-2-1349-210819-00 PARTE
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