Juzgado de Familia Casablanca

ANONIMIZADO

Rol

V-98-2022

Fecha

19 de diciembre de 2022

Materia

CONVIVENCIA NOTIFICACION CESE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 25 de la Ley 19.947 y 102 de la Ley 19.968 y en atención a lo informado por el funcionario notificador del Tribunal, téngase como fecha cierta del cese de la convivencia entre don Eliu, cédula de identidad N° NUM000 y doña Yael, cédula de identidad N° NUM001, el día 15 de diciembre del año en curso. Notifíquese al solicitante por correo electrónico, y a la solicitada por carta certificada. Regístrese, certifíquese ejecutoria y archívese en su oportunidad. RIT V-98-2022 Resolvió, Juez...

Texto Completo (Preview)

Casablanca, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 25 de la Ley 19.947 y 102 de la Ley 19.968 y en atención a lo informado por el funcionario notificador del Tribunal, téngase como fecha cierta del cese de la convivencia entre don Eliu, cédula de identidad N° NUM000 y doña Yael, cédula de identidad

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica