Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

MP C/ RODRIGO ANDRÉS APABLAZA ROJAS

Rol

O-145-2022

Fecha

12 de agosto de 2022

Materia

DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 10 de noviembre de 2021, a las 20:15 horas el imputado Rodrigo Andrés Apablaza Rojas, llegó al domicilio de su ex cónyuge, la víctima Alison Adriana Soto Silva, ubicado en calle La Luna 35, Viña del Mar e intentó ingresar a él pese a que mantenía una medida cautelar de causa RIT F 2365- 2021, de fecha 9 de noviembre de 2021 del Juzgado de Familia de Viña del Mar y notificada en audiencia, que le prohibía acercarse a su cónyuge y al domicilio, incumpliendo con ello la resolución del tribunal”. A juicio del Ministerio Público, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de DESACATO, ilícito descrito y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en contexto de violencia XFXHXXKFWNV Angelica Andrea Jimenez Lagos Juez oral en lo penal Fecha: 12/08/2022 11:07:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 intrafamiliar, en relación con el artículo 5 y 10 de la Ley nº 20.066, encontrándose este ilícito en grado de consumado y cabe en ellos participación culpable al acusado en calidad de autor, conforme el artículo 15 n°1 del Código Penal. Agrega la fiscalía que concurre la circunstancia atenuante modificatoria de responsabilidad penal del artículo 11 Nº6 del Código Punitivo. Por último el Ministerio Público, y previa las citas legales aplicables al caso, solicitó se condene al acusado a la pena de 2 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO como autor del delito de DESACATO en contexto de VIF, a la pena accesoria especial de prohibición de acercarse a la víctima por el plazo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha tres de agosto del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, constituido por los magistrados titulares don Manuel Muñoz Chamorro, quien presidió e integrada, además, por las juezas doña Mónica López Castillo y doña Angélica Jiménez Lagos, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT: N° 145 – 2022, seguida por el delito de desacato, en contra del acusado RODRIGO ANDRÉS APABLAZA ROJAS, cédula de identidad N° N°16.752.648-9, sin apodo, nacido en Valparaíso el 1 de mayo de 1987, 35 años, constructor, domiciliado en Parinacota, Block 180, depto. 32., El Olivar, Viña del Mar. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de Viña del Mar, representado por la Fiscal doña SOLEDAD DÍAZ VALENZUELA, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. Por su parte la Defensa del imputado estuvo a cargo del abogado Defensor Penal Público don TYRONE ETCHEGARAY GASKEN, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Que la acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos: “El día 10 de noviembre de 2021, a las 20:15 horas el imputado Rodrigo Andrés Apablaza Rojas, llegó al domicilio de su ex cónyuge, la víctima Alison Adriana Soto Silva, ubicado en calle La Luna 35, Viña del Mar e intentó ingresar a él pese a que mantenía una medida cautelar de causa RIT F 2365- 2021, de fecha 9 de noviembre de 2021 del Juzgado de Familia de Viña del Mar y notificada en audiencia, que le prohibía acercarse a su cónyuge y al domicilio, incumpliendo con ello la resolución del tribunal”. A juicio del Ministerio Público, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de DESACATO, ilícito descrito y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, en contexto de violencia XFXHXXKFWNV Angelica Andrea Jimenez Lagos Juez oral en lo penal Fecha: 12/08/2022 11:07:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 intrafamiliar, en relación con el artículo 5 y 10 de la Ley nº 20.066, encontrándose este ilícito en grado de consumado y cabe en ellos participación culpable al acusado en calidad de autor, conforme el artículo 15 n°1 del Código Penal. Agrega la fiscalía que concurre la circunstancia atenuante modificatoria de responsabilidad penal del artículo 11 Nº6 del Código Punitivo. Por último el Ministerio Público, y previa las citas legales aplicables al caso, solicitó se condene al acusado a la pena de 2 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además, lo dispuesto en los artículos 1° del Código Penal; 1°, 45, 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344 y 347 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: 1.- Que SE ABSUELVE al acusado RODRIGO ANDRÉS APABLAZA ROJAS, cédula de identidad N°16.752.648-9, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público de Viña del Mar que le atribuyó la calidad de autor de un presunto delito de desacato, que se dijo cometido el 10 de noviembre de 2021 en esta comuna. 2.- Que en uso de la facultad establecida en el artículo 47 del Código Procesal Penal, SE EXIME de la condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivos plausibles para acusar. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y en su oportunidad, remítase copia autorizada al Juzgado de Garantía correspondiente. Sentencia redactada por la Juez doña Angélica Jiménez Lagos. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC : N° 2101015640-5 RIT : N° 145 – 2022 SENTENCIA DICTADA POR LA SALA DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VIÑA DEL MAR, PRESIDIDA POR EL MAGISTRADO MANUEL MUÑOZ CHAMORRO E INTEGRADA POR LAS MAGISTRADAS MÓNICA LÓPEZ CASTILLO Y ANGÉLICA JIMÉNEZ LAGOS. XFXHXXKFWNV Angelica Andrea Jimenez Lagos Juez oral en lo penal Fecha: 12/08/2022 11:07:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar d

Texto Completo (Preview)

1 DELITOS : DESACATO RUC : N° 2101015640-5 RIT : N° 145 - 2022 ACUSADO : RODRIGO ANDRÉS APABLAZA ROJAS FISCAL : SOLEDAD DIAZ VALENZUELA DEFENSOR DPP : TYRONE ETCHEGARAY GASKEN Viña del Mar, a doce de agosto de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha tres de agosto del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, constituido por los mag

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