Juzgado de Garantía de Rengo.

C/ FRANCISCO ANDRÉS COLOMA GUAJARDO

Rol

O-2875-2021

Fecha

10 de agosto de 2022

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 24/04/2021, a las 16:55 horas personal de carabineros de reten de Malloa, realizaba patrullaje preventivo en la población procediendo a fiscalizar en ruta H-610 a la altura del kilómetro 1 comuna de Malloa al minibús Mitsubishi, modelo L-300 color blanco PPU TB-7797 conducido por el requerido Francisco Coloma Guajardo quien no posee licencia profesional clase A para conducir vehículos con capacidad de 12 asientos como es el vehículo en el que el requerido se desplazaba. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 31, 50, 67, 68 y 69 del Código Penal; artículos 194 de la Ley de Tránsito, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que FRANCISCO ANDRÉS COLOMA GUAJARDO, Chileno, cédula de identidad N° 0019261190- 3, domiciliado en Calle PUNTILLA PANQUEHUE Nº, Malloa., es culpable de los hechos planteados en el requerimiento del Ministerio Público y, en consecuencia se condena en calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN SIN LA LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA en grado consumado, hecho Código: XWHHXXDDVGV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl perpetrado el día 24 de abril de 2021 en Rengo, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de suspens

Fallo

SE DECLARA: I.- Que FRANCISCO ANDRÉS COLOMA GUAJARDO, Chileno, cédula de identidad N° 0019261190- 3, domiciliado en Calle PUNTILLA PANQUEHUE Nº, Malloa., es culpable de los hechos planteados en el requerimiento del Ministerio Público y, en consecuencia se condena en calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN SIN LA LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA en grado consumado, hecho Código: XWHHXXDDVGV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl perpetrado el día 24 de abril de 2021 en Rengo, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el lapso de la condena. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 4º en la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de remisión condicional, quedando sujeto al control administrativo y asistencia del Centro de Apoyo para la Integración Social de Rengo, por el lapso de UN AÑO, debe cumplir con los demás requis

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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