MARDONES/SAAVEDRA
Rol
C-2007-2019
Fecha
3 de marzo de 2020
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO SERVICIOS SEGÚN D.L.964 Y LEY 18.101
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 09 de septiembre de 2019, compareci don ó JOS MIGUELÉ MARDONES CARRERA, operario, domiciliado en calle Los Pinos N 8, Poblaci n° ó Miguel Sandoval, El Abra de la comuna de Requ noa, quien interpuso demanda deí t rmino de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de do a é ñ ANA MAR A SAAVEDRA PARDO, Í ignora profesi n u oficio, domiciliada en Parcela Sanó Jos s/n, de la comuna de Requinoa, solicitando: 1)- Que se declare terminado elé contrato de arrendamiento de marras por incumplimiento en el pago oportuno de rentas; 2)- Que se condene a la demandada al pago de la suma de $1.900.000.- por concepto de rentas de arriendo, desde el mes de enero del a o 2017, hasta la interposici n de lañ ó presente acci n; adem s de las rentas de arrendamiento que se devenguen durante laó á tramitaci n de este juicio hasta la restituci n de la propiedad, todo ello con losó ó respectivos reajustes, intereses y costas. 3)- Que la restituci n de la propiedad arrendada,ó deber efectuarse dentro de tercero d a contado desde que la sentencia que recaiga ená í estos autos, cause ejecutoria, o en el plazo que se fije por este Tribunal, bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento de la arrendataria como de todos los ocupantes del inmueble, con auxilio de la fuerza p blica, en caso de ser necesario.ú Fund su demanda se alando que, con fecha ó ñ 5 de agosto de 2017, suscribi , conó la demandada en forma verbal, un contrato de arrendamiento respecto del inmueble ubicado en Parcela San Jos s/n, comuna de Requ noa, se alando que dicho contrato seé í ñ pact con una vigencia de un a o a contar del 5 de agosto de 2017 y que la renta deó ñ arrendamiento pactada, era de $100.000.- mensuales, pagadera dentro de los primeros cinco d as de cada mes. í Expuso que, la demandada cancelaba oportunamente el pago del canon de arriendo ya se alado, situaci n que se mantuvo hasta el mes de diciembre del a o 2017,ñ ó ñ ya que desde esa fecha, al d a de hoy, no se ha efectuado
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 09 de septiembre de 2019, compareci don ó JOSÉ MIGUEL MARDONES CARRERA, quien interpuso demanda de t rmino deé contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de do a ñ ANA MAR AÍ SAAVEDRA PARDO, solicitando: 1)- Que se declare terminado el contrato de arrendamiento de marras por incumplimiento en el pago oportuno de rentas; 2)- Que se condene a la demandada al pago de la suma de $1.900.000.- por concepto de rentas de arriendo, desde el mes de enero del a o 2017, hasta la interposici n de la presenteñ ó acci n; adem s de las rentas de arrendamiento que se devenguen durante la tramitaci nó á ó de este juicio hasta la restituci n de la propiedad, todo ello con los respectivos reajustes,ó intereses y costas. 3)- Que la restituci n de la propiedad arrendada, deber efectuarseó á dentro de tercero d a contado desde que la sentencia que recaiga en estos autos, causeí ejecutoria, o en el plazo que se fije por este Tribunal, bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento de la arrendataria como de todos los ocupantes del inmueble, con auxilio de la fuerza p blica, en caso de ser necesario. En subsidio, demand por desahucio.ú ó SEGUNDO: Que, se notific y emplaz v lidamente a la parte demandada de laó ó á acci n incoada en autos y esta no compareci al juicio, por lo que corresponde tener poró ó evacuada la demanda en su rebeld a.í TERCERO: Que, se debe tenerse presente que el contrato de arrendamiento es un contrato consensual, que se perfecciona con la mera voluntad de los contratantes, por el cual dos partes se obligan rec procamente, la una a conceder el goce de una cosa, y laí RIT« » Foja: 1 otra a pagar por este goce un precio determinado, y su escrituraci n es s lo para efectosó ó de prueba. CUARTO: Que, en orden a acreditar sus asertos, la parte demandante rindi lasó siguientes probanzas: Documental: Copia de inscripci n de fojas 1754 N 1974,ó ° correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Rengoí correspondiente al a o 2015; ñ Testimonial: Consistente en las declaraciones de las siguientes testigos: 1)- Do a ñ Ana Mar a Millar Sandoval,í c dula de identidadé N 18.377.786-6, quien previamente juramentada e interrogada en forma legal, se al° ñ ó que es efectivo que existe un contrato de arriendo verbal, entre el demandante José Miguel Mardones Carrera y la demandada do a Ana Mar a Saavedra Pardo, respectoñ í de un sitio de una superficie de 500 metros cuadrados, ubicado en la Parcela San José s/n de la comuna de Requ noa, frente al camino Las Rosas y que tal contrato, se pactí ó el d a 05 de agosto del a o 2017, con un canon de arriendo mensual de $100.000, todoí ñ lo cual le consta porque es la polola del hermano del demandante y porque adem s,á acompa al demandante al sitio cuando ste se lo entreg en arriendo a la demandada,ñó é ó la cual levant una mediagua y la habilit para poder vivir ah .ó ó í Agreg que la nica parte que ha cumplido con sus obligaciones, es eló ú demand
Fallo
Por estas consideraciones, y visto adem s lo dispuesto en los art culos 160, 170,á í 254, 346, 384, 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, 1545, 1698 deló C digo Civil, y Ley 18.101 y sus modificaciones de la Ley 19.866, se ó resuelve: RIT« » Foja: 1 I.- Que, SE ACOGE la demanda, interpuesta por don JOSE MIGUEL MARDONES CARRERA, en contra de do añ ANA MARIA SAAVEDRA PARDO, ambos ya individualizados, declar ndose terminado el contrato deá arrendamiento celebrado entre las partes sobre la propiedad de 500 metros cuadrados ubicada en la Parcela San Jos s/n, frente al camino Las Rosas de la comuna deé Requ noa, í con fecha 5 de Agosto de 2017. II.- Que, la demandada, deber restituir la propiedad dentro de 30 d as h biles,á í á contados desde que la presente sentencia, se encuentre firme y ejecutoriada. III.- Que, se acoge la acci n de cobro de rentas, debiendo la demandada pagaró a la demandada la suma de $1.900.000- correspondiente a la renta de los meses que corren desde enero del a o 2018 hasta septiembre del a o 2019, fecha de lañ ñ interposici n de la presente demanda, conjuntamente con las rentas devengadas duranteó el juicio y hasta que la restituci n se efect e, a raz n de ó ú ó $100.000- mensuales. IV.- Que, dichas sumas deber n pagarse reajustadas conforme a la variaci n queá ó experimente la Unidad de Fomento entre la fecha en que debi realizarse el pago yó aquella en que efectivamente se haga, ello conforme al art culo 21 de la ley 18.101í modificada p
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-2007-2019 CARATULADO : MARDONES/SAAVEDRA Rengo, tres de Marzo de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 09 de septiembre de 2019, compareci don ó JOS MIGUELÉ MARDONES CARRERA, operario, domiciliado en calle Los Pinos N 8, Poblaci n° ó Miguel Sandoval, El Abra de la comuna de Requ noa, quien interpuso dem
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