Juzgado de Garantía de Temuco.

ANONIMIZADO

Rol

O-8505-2020

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1. ACUSACIÓN: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Temuco, en causa Ruc N° 2000922203-1 Rit N° 8505-2020, el Ministerio Público dedujo acusación, la que fue sostenida en audiencia por el Fiscal Juan Pablo Gerli, en contra de WALDEMAR ALONSO OLATE ÁVILA, Cédula Nacional de Identidad Nº 0014073792-5, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Calle Fernando Aragón N° 0730, Pedro de Valdivia, Temuco, fono 91750703; quién fue asistido en estrados por la Defensora Penal Publica, Juan Sáez. SEGUNDO: Que la acusación se basó en los siguientes hechos: Hecho 1 El día 08 de Septiembre de 2020, aproximadamente a las 16:00 horas, el acusado WALDEMAR ALONSO OLATE ÁVILA,...

Texto Completo (Preview)

Temuco, ocho de agosto de dos mil veintidos. VISTOS: 1. ACUSACIÓN: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Temuco, en causa Ruc N° 2000922203-1 Rit N° 8505-2020, el Ministerio Público dedujo acusación, la que fue sostenida en audiencia por el Fiscal Juan Pablo Gerli, en contra de WALDEMAR ALONSO OLATE ÁVILA, Cédula Nacional de Identidad Nº 0014073792-5, se ignora profesión u oficio, domicili

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica