MMPP C/ PIERO DANTE BUCCIONI RUBIO
Rol
O-4449-2020
Fecha
11 de agosto de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de PIERO DANTE BUCCIONI RUBIO, cédula de identidad número 18.373.201-3, soltera, estudiante domiciliada en pasaje Amilcha casa 70, El Olivar, Viña del Mar, en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos: HECHO: “Qué el día 18 de diciembre del 2020 aproximadamente a la 18 horas el imputado ingreso con ánimo de lucro a la tienda Falabella ubicado en prolongación j j Pérez 12010 de la comuna de La calera portando una mochila que en su interior mantenía una bolsa confeccionada con papel de aluminio con el objetivo de engañar a los sensores de seguridad de la multitienda una vez en el interior de la tienda procedió a sustraer 64 poleras femeninas marca mango con un avalúo total de $639900 todas de propiedad de local comercial para acto seguido dirigirse a la salida de la tienda activándose los sensores de seguridad siendo detenido por personal de seguridad de la multitienda oponiendo el imputado resistencia a dicha detención”. CONSIDERANDO: Que, no habiendo rendido prueba la fiscalía, toda vez que los testigos, estando válidamente notificados, no comparecieron y tampoco justificaron su inasistencia, motivo por el cual, este sentenciador no cuenta con antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido acreditar el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido al encartado. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que nadie puede ser YGKNXXNRCDV Alejandro Mauricio Lobos Veliz Juez de garantía Fecha: 11/08/2022 16:12:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl condenado sino cuando un tribunal adquiera la convicción que el imputado ha cometido un delito y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 14, 15, 18, 21, 25 y 399 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara: 1.- Que se absuelve a PIERO DANTE BUCCIONI RUBIO, cédula de identidad número 18.373.201-3, ya individualizado, de la acusación que lo tuvo como autor del delito frustrado de Hurto simple previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, supuestamente cometido el 18 de diciembre de 2020 en esta comuna. 2.- Que no se condena en costas al Ministerio Público y a la Querellante, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvieron motivos plausibles para litigar en esta causa, teniendo en cuenta que los testigos de cargo no concurrieron a la audiencia de juicio sin justificación y, aquello, no puede ser reprochado al ente persecutor ni tampoco a la acusadora particular. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC Nº 2001269988-4 RIT N° 4449-2020.- Resolvió don ALEJANDRO LOBOS VÉLIZ, Juez interino del Juzgado de Garantía de La Calera. YGKNXXNRCDV Alejandro Mauricio Lobos Veliz Juez de garantía Fecha: 11/08/2022 16:12:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO La Calera, once de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de PIERO DANTE BUCCIONI RUBIO, cédula de identidad número 18.373.201-3, soltera, estudiante domiciliada en pasaje Amilcha casa 70, El Olivar, Viña del Mar, en virtud de los siguientes fundamentos: HECHO
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