MP C/ MARCOS ANTONIO MARTÍNEZ BAEZ
Rol
O-1705-2021
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 14 de noviembre de 2021, alrededor de las 11:15 horas, el acusado MARCOS ANTONIO MARTINEZ BAEZ, concurrió hasta la parcela ubicada en Sector Río Blanco Arenales, de la comuna de Puerto Octay, y con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño sustrajo la camioneta marca Nissan, modelo Navara, placa patente única CTVX-53, que se encontraba estacionada con las llaves puestas, de propiedad de la víctima Roberto del Carmen Cari Triviño, inscrita a nombre del dueño anterior, con la que el acusado huyo del lugar por la ruta U-55V, en dirección a la localidad de las Cascadas, y abandono a la altura del kilómetro 69, debido a una falla mecánica por la mala manipulación. La víctima avalúa la especie sustraída en la suma de $10.500.000.”. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentran registradas en el respectivo audio y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 12, 14, 15, 25, 30, 67, 70 y 446 N° 1 del Código Penal; los artículos 45, 47, 297, 340, 342, 343, 388, 389 y 395 del Código Procesal Penal; y los artículos 4 y siguientes y 38 de la Ley N° 18.216, se declara: I.- Que se condena a MARCOS ANTONIO MARTINEZ BAEZ, cédula nacional de identidad N° 19.268.930-9, domiciliado en Villa Puaucho s/n, San Juan de la Costa, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Osorno, como autor del delito de hurto simple de más de 40 Unidades Tributarias Mensuales, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 1 del Código Penal, el que se encuentra en grado de consumado y fue cometido en Puerto Octay el día 14 de Código: XHHXXXXHLKV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO noviembre de 2021, a la pena de 150 días de presidio menor en su grado mínimo, multa a beneficio fiscal ascendente a 1/3 de UTM, y accesorias del artículo 30 del Código
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 12, 14, 15, 25, 30, 67, 70 y 446 N° 1 del Código Penal; los artículos 45, 47, 297, 340, 342, 343, 388, 389 y 395 del Código Procesal Penal; y los artículos 4 y siguientes y 38 de la Ley N° 18.216, se declara: I.- Que se condena a MARCOS ANTONIO MARTINEZ BAEZ, cédula nacional de identidad N° 19.268.930-9, domiciliado en Villa Puaucho s/n, San Juan de la Costa, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Osorno, como autor del delito de hurto simple de más de 40 Unidades Tributarias Mensuales, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 1 del Código Penal, el que se encuentra en grado de consumado y fue cometido en Puerto Octay el día 14 de Código: XHHXXXXHLKV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO noviembre de 2021, a la pena de 150 días de presidio menor en su grado mínimo, multa a beneficio fiscal ascendente a 1/3 de UTM, y accesorias del artículo 30 del Código Penal. II.- Que se abona a la pena corporal el tiempo que el condenado estuvo sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario parcial de 10 horas, desde el día 15 de noviembre de 2021 al día 3 de junio de 2022, contabilizándose un total de 133 días de abono. Que la pena restante de 17 días se sustituye por la de remisión condicional por el término total de un año, quedando el sentenciado sujeto al c
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JUZGADO DE GARANTIA RIO NEGRO RIT : 1705 - 2021 RUC : 2101025223-4 MATERIA : HURTO SIMPLE POR UN VALOR SOBRE 40 UTM. RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA IMPUTADO : MARCOS ANTONIO MARTÍNEZ BAEZ SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Río Negro, ocho de agosto de dos mil veintidós. HECHOS: “El día 14 de noviembre de 2021, alrededor de las 11:15 horas, el acusado MARCOS ANTONIO MARTINEZ BAEZ, concurr
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