Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ LUCIANO ANDRÉS SALAS ÓRDENES

Rol

O-2982-2021

Fecha

11 de agosto de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: EL día 19 de mayo de 2021 a las 12:00 horas aproximadamente, los acusados Luciano Salas Órdenes y Jonathan Castillo Aracena se encontraban en la vía pública en calle Erasmo Escala frente a la numeración 1630, manipulando ambos un banano de color gris y al ver a funcionarios policiales quienes patrullaban el sector , Luciano Salas Órdenes arrojó al suelo dicho banano para luego ambos acusados ingresar corriendo al interior de la casa de calle Erasmo Escala n° 1630. Al ver dicho accionar funcionarios se acercaron y recogieron el banano previamente en poder de los imputados y arrojado al suelo por Salas Órdenes encontrando al interior de éste 06 envoltorios de papel de cuaderno cuadriculado blanco contenedores de un total de 01 gramos 500 miligramos de pasta base de cocaína . Además, en la habitación que ambos imputados ocupaban en el referido inmueble estos guradaban y poseían con fines de tráfico sobre el velador 07 gramos 600 miligramos de pasta base de cocaína a granel, la que estaba sobre una hoja de cuaderno , 07 envoltorios de papel cuadriculados, de color blanco contenedores de un total de 1 gramos 800 miligramos de pasta base de cocaína , 30 hojas de cuaderno recortadas , 04 bolsas tipo paleta con residuos de pasta base de cocaína . La droga que guardana y poséian los imputados dio como resultado la presencial de cocaína base a un 61% según resultado de análisis del ISP. Además al interior de un banano negro se encontró 01 pistola de fogueo marca bruni . Código: VNBXXXXSSCV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE DECLARA: I. Que se condena a LUCIANO ANDRÉS SALAS ÓRDENES, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Trafico de pequeñas cantidades (art. 4)., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de CUATROCIENTOS DIEZ (410) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE DOS (02) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, COMISO Y ADN. II. La pena

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a LUCIANO ANDRÉS SALAS ÓRDENES, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Trafico de pequeñas cantidades (art. 4)., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de CUATROCIENTOS DIEZ (410) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE DOS (02) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, COMISO Y ADN. II. La pena de multa y corporal, se tendrán por cumplida, en atención al mayor tiempo de privación de libertad en razón de la presente causa. III. Que se condena a JONATHAN EDUARDO CASTILLO ARACENA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Trafico de pequeñas cantidades (art. 4)., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA DE DOS (02) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, COMISO Y ADN. IV. Sustitutiva Remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto el sentenciado al control administrativo y a la asistencia al Centro de Reinserción Social, por el plazo de UN AÑO, debiendo cumplir además durante el período de control, con las demás condiciones previstas en el artículo 5° de la Ley 18.216. Para estos efectos, el sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de La Serena, el día 18 de agosto de 2022, bajo apercibimiento de despacharse inmediata orden de det

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Copiapó., once de agosto de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: EDEN SALVADOR BRICEÑO GUEVARA RUC: 2100490955-8 RIT: 2982 - 2021 IMPUTADO: LUCIANO ANDRÉS SALAS ÓRDENES C.I. 0015994013-6 FECHA DE NAC. 15 de abril de 1985 DIRECCION Calle Sector las Compañías, Villa el Valle, pasaje Pedregal Nº 1716 C

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