2º Juzgado de Letras de Copiapó

GONZÁLEZ/

Rol

V-188-2020

Fecha

4 de marzo de 2020

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, por solicitud presentada al Tribunal con fecha 29 de enero del año en curso, se dio inicio a estos autos Rol V-188-2020, compareciendo doña MARCELA PETRONILA GONZÁLEZ ROJAS, trabajadora dependiente, cédula de identidad N° 8.746.740-6, domiciliada en calle Nueva Carolina N° 843, población El Palomar, de la ciudad de Copiapó, quien solicita la declaración de interdicción por causa de demencia respecto de su madre doña ANA DEL CARMEN ROJAS BARRERA, cédula de identidad N° 3.615.054-8, de su mismo domicilio. Funda su acción señalando que su madre padece una discapacidad categorizada en un 100%, cuya causa principal es física, y secundaria psíquica intelectual, debido a la enfermedad de alzhéimer avanzado que padece. Dice que su madre desde hace 08 años se encuentra postrada, y que actualmente es alimentada por sonda ya que no tiene proceso de deglución. Hace presente que su madre necesita cuidados especiales y que por lo mismo no se encuentra en condiciones de actuar por sí misma en la vida jurídica, requiriendo siempre la asistencia de un tercero que la pueda representar. Asevera que la familia, y debido al estado de salud de su madre, decidió que fuera ella quien asumiera sus cuidados y representación, lo cual hace apoyada en sus hermanas. Destaca que su padre no puede hacerse cargo de los cuidados de su madre debido a su avanzada edad y por problemas de salud. Previas citas legales, pide tener por interpuesta solicitud de interdicción por demencia, respecto de su madre doña Ana Del Carmen Rojas Barrera, ya individualizada, acogerla a tramitación, y en definitiva, declarar que la demandada se encuentra interdicta por causa de demencia, ordenando se inscriba dicha sentencia de la forma establecida por la ley, se publique en su oportunidad y se le nombre, en ese mismo acto, a ella como curadora definitiva de sus bienes. SEGUNDO: Que, la peticionaria acompañó los siguientes documentos a fin de comprobar lo relacionado en la solicitud de autos: 1

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos, 4 y siguientes de la Ley N°18.600, modificado por la Ley N°19.954 y título II de la Ley N°19.284, artículos 342, 373, 375 inciso final, 447, 456, 459 y siguientes todos del Código Civil; artículos 144, 160, 170, 341, 342, 346 y 403 del Código de Procedimiento Civil; SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la solicitud de folio 1 y siguientes de esta carpeta electrónica, en consecuencia se decreta la interdicción definitiva por demencia de doña ANA DEL CARMEN ROJAS BARRERA, RUN N° 3.615.054-8. II.- Que se nombra a doña MARCELA PETRONILA GONZÁLEZ ROJAS, RUT N° 8.746.740-6, en calidad de hija de la interdicta, como curadora definitiva de sus bienes, a quien se le exime de la obligación de rendir fianza, debiendo otorgase facción de inventario simple de los bienes de la interdicta, de conformidad al artículo 380 del Código Civil. III.- Se declara como suficiente discernimiento la presente resolución. IV.- En su oportunidad, inscríbase el decreto de interdicción en el Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, notifíquese al público mediante tres avisos que se publicarán en un diario de la capital regional, con estricto apego a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 447 del Código Civil, y, a su vez, ofíciese al Servicio Electoral a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N°18.556. Dese copia autorizada de la presente r

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FOJA: NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Copiapº ó CAUSA ROL : V-188-2020 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Copiapó, cuatro de marzo de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO: Que, por solicitud presentada al Tribunal con fecha 29 de enero del año en curso, se dio inicio a estos autos Rol V-188-2020, compareciendo doña MARCELA PETRONILA GONZÁLEZ ROJAS, trabajadora dependiente, cédula

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