Juzgado de Letras de La Ligua

INGENIERIA EN CONSTRUCCION, MONTAJE Y MOVIMIENTO DE TIERRA LIMITADA/

Rol

C-69-2019

Fecha

3 de marzo de 2020

Materia

AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En Folio N° 1, mediante Oficio Ordinario N° 1257, de fecha 28 de diciembre de 2018, la Dirección Regional de la Dirección General de Aguas de la Región de Valparaíso, informa y pone en conocimiento de este Juzgado la solicitud efectuada por Ingeniería en Construcción, Montajes y Movimiento de Tierra Limitada, Rol Único Tributario número 76.688.080, representada por doña María Rozas Navarro, cédula nacional de identidad número 10.044.127-6, ambos domiciliados en calle Artificio sin número, comuna Cabildo, efectuada con fecha 30 de enero de 2018, ante la Dirección General de Aguas, en que solicita conforme lo dispuesto en el artículo 2 Transitorio del Código de Aguas, regularizar los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, para regar el inmueble denominado Lote Uno, que resultó de la subdivisión del sector B de la Reserva del Fundo Artificio de Pedegua, de una superficie de 85.751 metros cuadrados, ubicado en la comuna de Cabildo y el inmueble denominado Lote Número Uno, con una superficie de 2,88 hectáreas; por los siguientes caudales: 1. Noria N° 1, un caudal de 10 litros por segundo, que se captan mecánicamente en un punto definido por las coordenadas U.T.M. Norte 6.414.372 metros y Este 303.216 metros, y, 2. Noria N° 2, por un caudal de 5,0 litros por segundo, que se captan mecánicamente en un punto definido por las coordenadas U.T.M. Norte 6.413.836 metros y Este 302.813 metros; ambos referidos al Datum WGS 84, en la comuna de Cabildo, provincia de Petorca, Región de Valparaíso; requiriendo, además, un radio de protección de 200 metros al eje de cada pozo-noria. En Folio N° 13, se certifica por el Ministro de Fe del Tribunal que se encuentra acompañada publicación efectuada el 8 y 11 de octubre de 2019, en el Diario El Observador de Quillota, y el día 1 de octubre de 2019, en el Diario Oficial. En Folio N° 15, se lleva a efecto comparendo de rigor, con la asistencia de la parte demandante, representada por

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según consta en antecedentes remitidos por la Dirección General de Aguas, en Folio N° 1, Construcción, Montajes y Movimiento de Tierra Limitada, representada por doña María Rozas Navarro, de conformidad con el artículo 2 de las "Disposiciones Transitorias" del Código de Aguas, solicita la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, de carácter consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, de aguas subterráneas, por un caudal de 10 litros por segundo, respecto de las aguas que se captan de la denominada “Noria N° 1”, emplazada en un punto definido por las coordenadas U.T.M. Norte 6.414.372 metros y Este 303.216 metros, Datum WGS 84; y, de 5 litros por segundo, respecto de las aguas que se captan de la denominada “Noria N° 2”, emplazada en un punto definido por las coordenadas U.T.M. Norte 6.413.836 metros y Este 302.813 metros, Datum WGS 84, ubicadas en la comuna de Cabildo, provincia de Petorca, Región de Valparaíso; requiriendo, además, un área de protección de 200 metros al eje de cada pozo-noria. SEGUNDO: Que, dentro de término legal, nadie dedujo oposición a la solicitud referida, ello, no obstante, que se publicó en extracto, en sede administrativa, según consta en Folio N° 1, y en instancia judicial conforme certificado de Folio N° 13. TERCERO: Que, el asunto a resolver consiste en determinar si la utilización de las aguas solicitadas por Construcción, Montajes y Movimiento de Tierra Limitada, cumple con las exigencias del artículo 2 de las "Disposiciones Transitorias" del Código de Aguas, a saber, utilización ininterrumpida, libre de clandestinidad, violencia y sin reconocimiento de dominio ajeno y por el plazo exigido en la norma en comento, es decir, cinco años contados desde la fecha en que hubiere comenzado a hacerlo. CUARTO: Que, la parte el solicitante, a fin de acreditar la procedencia del derecho a regularizar que invoca, rindió la siguiente prueba: Documental: 1. En Folio N° 1; certificado extendido por el Conservador de Bienes Raíces de La Ligua con fecha 12 de febrero de 2018, conforme al F cual el inmueble ubicado en sector Artificio, comuna de Cabildo, provincia de Petorca, Quinta Región de Valparaíso, individualizado como Lote Numero Uno, inscrito a fojas 1636 N° 1935 del Registro de Propiedad del año 2017, a nombre de Ingeniería en Construcción, Montajes y Movimiento de Tierra Limitada, se encuentra vigente a la fecha de emisión del certificado. 2. En Folio N° 21; copia autorizada de inscripción de fojas 2908 Nº 3438 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua, correspondiente al año 2014, conforme al cual Ingeniería en Construcción, Montajes y Movimiento de Tierra Limitada, Rol Único Tributario número 76.688.080-0, es dueña del Lote Uno, que resultó de la subdivisión del Sector B de la Reserva del Fundo Artificio de Pedegua, ubicado en la comuna de Cabildo, provincia de Petorca, y que según plano archivado en el Conservador de Bienes Raíces de La Ligua

Fallo

FALLO : 26 DE FEBRERO DE 2020 La Ligua, tres de marzo de dos mil veinte. VISTOS: En Folio N° 1, mediante Oficio Ordinario N° 1257, de fecha 28 de diciembre de 2018, la Dirección Regional de la Dirección General de Aguas de la Región de Valparaíso, informa y pone en conocimiento de este Juzgado la solicitud efectuada por Ingeniería en Construcción, Montajes y Movimiento de Tierra Limitada, Rol Único Tributario número 76.688.080, representada por doña María Rozas Navarro, cédula nacional de identidad número 10.044.127-6, ambos domiciliados en calle Artificio sin número, comuna Cabildo, efectuada con fecha 30 de enero de 2018, ante la Dirección General de Aguas, en que solicita conforme lo dispuesto en el artículo 2 Transitorio del Código de Aguas, regularizar los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, para regar el inmueble denominado Lote Uno, que resultó de la subdivisión del sector B de la Reserva del Fundo Artificio de Pedegua, de una superficie de 85.751 metros cuadrados, ubicado en la comuna de Cabildo y el inmueble denominado Lote Número Uno, con una superficie de 2,88 hectáreas; por los siguientes caudales: 1. Noria N° 1, un caudal de 10 litros por segundo, que se captan mecánicamente en un punto definido por las coordenadas U.T.M. Norte 6.414.372 metros y Este 303.216 metros, y, 2. Noria N° 2, por un caudal de 5,0 litros por segundo, que se captan mecánicamente en un punto definido por las coordenadas U.T.M. Norte 6.413

Texto Completo (Preview)

COMPETENCIA : CIVIL – AGUAS PROCEDIMIENTO : SUMARIO MATERIA : REGULARIZACIÓN DE DERECHO DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS DEMANDANTE : INGENIERÍA EN CONSTRUCCIÓN, MONTAJES Y MOVIMIENTO DE TIERRA LIMITADA APODERADO : ZÚÑIGA REINOSO, INGRID JOHANNA OPOSITOR : NO HAY ROL : C-69-2019 FECHA DE INICIO : 15 DE ENERO DE 2019 FECHA PARA FALLO : 26 DE FEBRERO DE 2020 La Ligua, tres de marzo de dos mil veinte. VI

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