MP C/ MAURICIO ALFREDO LEYES PRIETO
Rol
O-3910-2022
Fecha
11 de agosto de 2022
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 21 de Julio de 2022, a las 16.00 horas aproximadamente, al interior supermercado Jumbo ubicado en Parcela 69, Vega Sur, en la comuna de la Serena, el imputado se apropió y sustrajo 4 desodorantes y un pack de siliconas y renovador para automóviles, de propiedad del referido supermercado, avaluados en la suma total de $26.450.- traspasando el lineal de cajas del supermercado sin pagar el valor comercial de las especies, las que mantenía ocultas entre sus vestimentas”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2200705550-5-929 - 220811-00 - 04 - 3910- 2022 Sentencia, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 49, 51, 70, 432, 494 bis del Código Penal; 45, 47, 348, 388, 390 y 395 del Código Procesal Penal,
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a MAURICIO ALFREDO LEYES PRIETO, cédula nacional de identidad N° 14.468.117-7, ya individualizado, al pago de una multa de UN PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2200705550-5 RIT Nº: 3910 - 2022 DELITO: Hurto falta SENTENCIADO: MAURICIO ALFREDO LEYES PRIETO Código: XBVNXXBLBBV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor de la falta de hurto, prevista y sancionada en el artículo 494 bis del Código Penal, en grado frustrada, perpetrada en esta ciudad, el día veintiuno de julio del año dos mil veintidós. II.- Que, conforme a lo razonado en el motivo séptimo de este fallo, la pena pecuniaria impuesta convertida a la pena de un día de reclusión se tendrá por cumplida, atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Que, SE EXIME al sentenciado del pago de las costas de la causa por la colaboración que supone su admisión de responsabilidad, al ahorrar a los intervinientes los gastos y la carga de un juicio oral y público. Regístrese, y ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por don Pedro Álvaro Rojas Castro, Juez Titular del Juzgado de Garantía La Serena. Código: XBVNXXBLBBV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022
Texto Completo (Preview)
RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, once de agosto de dos mil veintidós Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Carolina Caballero Villagrán Defensor Paula Pérez Salinas Imputado Mauricio Alfredo Leyes Prieto, cédula nacional de identidad N° 14.468.117-7, domiciliado para estos efectos en calle Juan de Dios Pení Nº 461, comuna de La Serena. Sala Sala 1 Ac
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica