COMPAÑIA DE JESUS/DÍAZ
Rol
V-302-2019
Fecha
4 de marzo de 2020
Materia
POSESIÓN EFECTIVA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Comparece don JOSÉ AGUSTIN MOREIRA HUDSON, sacerdote, en representación de la “COMPAÑÍA DE JESÚS”, orden religiosa Católica, Rut N° 70.072.300-3.- con personalidad jurídica, ambos domiciliados en calle Lord Cochrane N° 101, cuarto piso, comuna de Santiago. Expone que con fecha 15 de abril de 2019, falleció en Arica, don Jorge Alejandro Díaz Zambrano, soltero, sacerdote, quien tuvo su último domicilio en calle Padre Alonso de Ovalle N° 1480, comuna de Santiago, quien no tenía descendientes. Por escritura pública de fecha 28 de enero de 2010, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Alberto Mozó Aguilar, el causante otorgó testamento y de acuerdo a la cláusula cuarta del mismo, el testador instituyó como heredera de la mitad legitimaria y de la cuarta de mejoras, a su madre doña María Raquel Zambrano Carrasco, cédula de identidad N° 2.120.713-6.-, labores de casa; y como heredera de la cuarta de libre disposición a su representada la Compañía de Jesús, Rut: N° 70.072.300-3.- Por consiguiente, y de conformidad a lo dispuesto en las normas del Código Civil y en el Código de Procedimiento Civil, solicita que se otorgue la posesión efectiva de la herencia testada del causante don Jorge Alejandro Díaz Zambrano, y a la Compañía de Jesús. Finalmente hace presente que la personería consta en el Certificado del Arzobispado de Santiago de fecha 10 de septiembre de 2019 y que la habilita para actuar en autos. Por tanto: Solicita previo informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, de acuerdo al artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, se conceda la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don JORGE ALEJANDRO DÍAZ ZAMBRANO, en la mitad legitimaria y en la cuarta de mejoras a su madre doña María Raquel Zambrano Carrasco y a la Compañía de Jesús en la cuarta de libre disposición. A folio 6, con fecha 04 de diciembre de 2019, se dio curso a la solicitud de posesión efectiva. A folio 7, con fecha 20 de diciembre de 20
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que han sido agregados por el peticionario, los siguientes documentos: 1.- Certificado de Defunción del causante; 2.- Testamento otorgado por escritura pública de fecha 28 de enero de 2010, ante el Notario de Santiago don Alberto Mozó Aguilar; 3.- Certificado del Arzobispado de Santiago. Segundo: Que teniendo presente el mérito de autos, el tenor de los instrumentos ya referidos, y particularmente el informe del Servicio de Registro Civil e Identificación rolante a folio 7 y lo previsto en el artículo 817 y 877 y siguientes del Código de Procedimiento Civil , 952 y siguientes, 999 y siguientes del Código Civil. y Leyes N° 16.271 y N° 19.903.-,
Fallo
Por tanto: Solicita previo informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, de acuerdo al artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, se conceda la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don JORGE ALEJANDRO DÍAZ ZAMBRANO, en la mitad legitimaria y en la cuarta de mejoras a su madre doña María Raquel Zambrano Carrasco y a la Compañía de Jesús en la cuarta de libre disposición. A folio 6, con fecha 04 de diciembre de 2019, se dio curso a la solicitud de posesión efectiva. A folio 7, con fecha 20 de diciembre de 2019, se emitió Informe ORD: N°1416-2019, por el Servicio de Registro Civil e Identificación, indicando los herederos del causante y sobre la existencia de testamentos otorgados por ella en los registros respectivos. A folio 10, con fecha 09 de enero de 2020, se trajeron los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que han sido agregados por el peticionario, los siguientes documentos: 1.- Certificado de Defunción del causante; 2.- Testamento otorgado por escritura pública de fecha 28 de enero de 2010, ante el Notario de Santiago don Alberto Mozó Aguilar; 3.- Certificado del Arzobispado de Santiago. Segundo: Que teniendo presente el mérito de autos, el tenor de los instrumentos ya referidos, y particularmente el informe del Servicio de Registro Civil e Identificación rolante a folio 7 y lo previsto en el artículo 817 y 877 y siguientes del Código de Procedimiento Civil , 952 y siguientes, 999 y siguientes
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-302-2019 CARATULADO : COMPAÑIA DE JESUS/DÍAZ Santiago, cuatro de Marzo de dos mil veinte VISTO: Comparece don JOSÉ AGUSTIN MOREIRA HUDSON, sacerdote, en representación de la “COMPAÑÍA DE JESÚS”, orden religiosa Católica, Rut N° 70.072.300-3.- con personalidad jurídica, ambos domiciliados en calle Lord Cochrane N°
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