SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGION ARAUCANIA/
Rol
V-286-2019
Fecha
3 de marzo de 2020
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 12 y luego al folio 37, con fecha 16 de noviembre de 2019, comparece don Luis Seguel Mora, abogado, en representaci n de la sociedadó INDUSTRIA Y COMERCIO BUEN ASENSO LIMITADA, sociedad del giro que indica, ambos domiciliados en calle Pedro de Valdivia N°02425 de Temuco, y solicita giro de cheque a nombre de su representada, por la suma que corresponde a los fondos consignados con motivo de la expropiaci n que ha sufrido laó propiedad de su representada, no habi ndose presentado oposici n dentro de plazoé ó legal.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 26 consta certificaci n secretarial de fecha 11 deó enero de 2020, que da cuenta que ning n otro interesado se haya presentado,ú dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o cr ditos sobre la sumaé depositada. SEGUNDO: Que al folio 40 se agreg copia de inscripci n de dominio deló ó inmueble expropiado, rolante a fojas 21516 vta N°11437 del Registro de Propiedad del a o 2005 del Primer Conservador de Bienes Ra ces de Temuco;ñ í agregada igualmente conforme las instrucciones dadas por el Acuerdo del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, al folio 43; copias autorizadas en la que consta la propiedad del inmueble expropiado a nombre de Industria y Comercio Buen Asenso Limitada. TERCERO: Que al folio 32 rola certificado aval o de la propiedad Rolú N°5034-19 de la comuna de Temuco, constando que sta se encuentra afecta é al pago de contribuciones de bienes ra ces, agreg ndose al folio 32 certificado deí á Tesorer a en el que consta que se encuentra al d a en el pago de las mismas.í í CUARTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago a la sociedad peticionaria, orden ndose el giro delá cheque, como se dir .á Y visto adem s lo dispuesto en el art culo 26 del Decreto Ley Ná í ° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y art culos 817 y siguientes del C digoí ó de Procedimiento Civil,
Fallo
SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud del folio 37, se ordena el PAGO DEL MONTO CONSIGNADO POR EXPROPIACI NÓ y en consecuencia G RESEÍ CHEQUE a nombre de INDUSTRIA Y COMERCIO BUEN ASENSO LIMITADA., con cargo a la Boleta Bancaria N°5000553214 de fecha 27 de septiembre de 2019, por la suma de $9.044.024.- (nueve millones cuarenta y cuatro mil veinticuatro pesos). Concurra a la entrega del cheque tanto el representante legal del expropiado, como su abogado personalmente. An tese, reg strese, notif quese y dese copia al interesado.ó í í Rol V-286-2019. Rol V-286-2019 DICTADA POR DO A PATRICIA ALEJANDRA R OS ROJAS, JUEZ DELÑ Í TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, tres de marzo de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-03T09:30:57-0300
Texto Completo (Preview)
Rol V-286-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-286-2019 CARATULADO : SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACI NÓ REGION ARAUCANIA/ Temuco, tres de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Al folio 12 y luego al folio 37, con fecha 16 de noviembre de 2019, comparece don Luis Seguel Mora, abogado, en representaci n de la sociedadó INDUSTRIA Y COMERCIO BUEN ASENSO LI
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