DENDARIEN/HERNÁNDEZ
Rol
C-9380-2018
Fecha
3 de marzo de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Ha comparecido Rodrigo Andrés Dendarien Acevedo, domiciliado en calle Huérfanos N° 863, oficina 817, comuna de Santiago y deduce demanda de indemnización de perjuicios en contra de Camila Francisca Hernández Vargas, domiciliada en calle Luis Carrera N° 2017, comuna de Vitacura y solicita se le condene al pago de $23.650.500, más reajustes, intereses y las costa de la causa. Expone el día 6 de mayo de 2017, aproximadamente a las 13:20 horas en circunstancias que conducía motocicleta placa patente única WU-711, momentos en los que fue colisionado por la demandada, sufriendo daños la moto y él lesiones. Refiere que a consecuencia del accidente se cursó una infracción a la demandada y se inició un proceso penal por cuasidelitos, el que se desarrolló ente el 4º Juzgado de Garantía de Santiago bajo el RIT N° 203-2017, proceso que no siguió adelante pues en la audiencia preparatoria la demandada consignó la suma de $200.000 a su nombre, suma que no se condice con los daños por él sufridos. En cuanto al derecho cita los artículos 2314 del Código Civil y 59 inciso segundo del Código Procesal Penal, para posteriormente pedir la suma reseñada. Al comparecer la demandada y en forma previa a contestar el fondo del asunto, deduce la excepción dilatoria de ineptitud del libero basada en no haberse cumplido con la RIT« » Foja: 1 identificación completa que exige el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, la cual fue desestimada, y aquella basada en el hecho de concurrir la excepción de cosa juzgada basada en haber consignado la suma de $200.000. Sobre el fondo del asunto señala que ambas partes participaron en un accidente de tránsito resultado el actor lesionado, hechos que dieron lugar a la causa RIT N° 203- 2017 tramitada ante el 4º Juzgado de Garantía de Santiago, proceso en el cual se decretó la suspensión condicional del procedimiento el día 12 de septiembre de 2017, momento en el cual pagó la suma de $200.000 a título de indemnización, razón por el cual l
Fundamentos
considerando: Primero: Ha comparecido Rodrigo Andrés Dendarien Acevedo y deduce demanda de indemnización de perjuicios en contra de Camila Francisca Hernández Vargas solicitando se le condene al pago de $23.650.500, más reajustes, intereses y las costa de la causa, pretensión que se funda en los antecedentes de hecho y derecho que ya fueran reseñadas en la parte expositiva de la presente sentencia. Segundo: Al comparecer la demandada y en forma previa a contestar el fondo del asunto deduce la excepción dilatoria de excepción de cosa juzgada basada en haber consignado la suma de $200.000, para luego en solicitar el rechazo de la acción seguida en su contra. I. En cuanto a la excepción de cosa juzgada. Tercero: Tal como ya se expuso la parte de Hernández Vargas alegó la excepción de cosa juzgada basada en que en sede penal consignó la suma de $200.000. Cuarto: El supuesto base de la excepción de cosa juzgada es la existencia de dos procesos cuyo objeto, causa y partes sea de tal entidad que una sentencia satisfaga las pretensiones de las partes. RIT« » Foja: 1 En el caso de autos las partes se encuentran contestes en que los hechos acaecidos el 5 de mayo de 2017 a consecuencia de un accidente de tránsito se inició un proceso penal ante el 4º Juzgado de Garantía de Santiago, bajo el ROT N° 203-2017. Ambas partes acompañaron al proceso sendas copias de lo obrado en sede penal, siendo particularmente importante, a los efectos de la alegación en análisis, lo sucedido en la audiencia del 12 de septiembre de 2017, que fuera dirigida por la Magistrada María Carolina Herrera Cortés-Monroy, en la que se decreta la Suspensión Condicional del Procedimiento y además Hernández Vargas hace entrega a Dendarien Acevedo de la suma de una orden de pago por la suma de $200.000. El 5 de octubre de 2018 el 4º Juzgado de Garantía de Santiago decreta lo que sigue: “Visto, que el artículo 240 inciso 2° del Código Procesal Penal dispone que, transcurrido el plazo que el tribunal hubiere fijado para la suspensión condicional del procedimiento, sin que ella fuere revocada, se extinguirá la acción penal, debiendo el tribunal dictar de oficio o a petición de parte el sobreseimiento definitivo. Que, en esta causa ha transcurrido el período fijado en la suspensión condicional del procedimiento que se otorgó a la imputada doña CAMILA FRANCISCA HERNÁNDEZ VARGAS, cédula de identidad N° 0017910123-8, no constando su revocación, por lo que se dan los supuestos de hecho para su sobreseimiento, y conforme al artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento definitivo de la presente causa por haberse extinguido su responsabilidad penal, por un motivo establecido en la ley”. Quinto: La dictación de la resolución de Suspensión Condicional del Procedimiento antes dicha importa, desde una perspectiva penal, el término del proceso penal y en su oportunidad la dictación de un sobreseimiemnto definitivo, tal como ocurrió. En la perspectiva civil no impide
Fallo
se declara: I. Se rechaza la excepción de cosa juzgada. II. Se rechaza en todas sus partes la demanda deducida por Rodrigo Andrés Dendarien Acevedo en contra de Camila Francisca Hernández Vargas. III. Se condena en costas a Dendarien Acevedo. Regístrese y Notifíquese Rol N° 9380-2018 Pronunciada por Ricardo Núñez Videla, Juez Titular Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, tres de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-03T07:55:51-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9380-2018 CARATULADO : DENDARIEN/HERN NDEZÁ Santiago, tres de Marzo de dos mil veinte Santiago Vistos Ha comparecido Rodrigo Andrés Dendarien Acevedo, domiciliado en calle Huérfanos N° 863, oficina 817, comuna de Santiago y deduce demanda de indemnización de perjuicios en contra de Ca
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica