Juzgado de Familia Quilpue

ANONIMIZADO

Rol

C-957-2022

Fecha

16 de diciembre de 2022

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

PMC Quilpué, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. A LO PRINCIPAL, PRIMER y QUINTO OTROSÌ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL SEGUNDO OTROSÌ: Téngase por acompañados. AL TERCER y CUARTO OTROSÌ: Téngase presente el patrocinio y poder. Como se pide a la forma especial de notificación y efectúese por esta vía, salvo aquellas que se notifican por estado diario, según corresponda. Quilpué, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós.

Fundamentos

Considerando: 1° Que comparecen don Johann, cédula nacional de identidad N° NUM000, y doña...

Texto Completo (Preview)

PMC Quilpué, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. A LO PRINCIPAL, PRIMER y QUINTO OTROSÌ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL SEGUNDO OTROSÌ: Téngase por acompañados. AL TERCER y CUARTO OTROSÌ: Téngase presente el patrocin

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