MATIAS VALENTIN MARTINEZ ACUÑA C/ MATÍAS ANDRÉS CUEVAS MORENO
Rol
O-5686-2021
Fecha
9 de agosto de 2022
Materia
DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DEL CODIGO 130, DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos Que el día 16 de septiembre del 2021, aproximadamente a las 18.20 hrs. funcionarios de Carabineros, sorprendieron en Avenida Las Torres frente al N° 2215, Comuna de Peñalolén, al requerido MATÍAS ANDRÉS CUEVAS MORENO, ocasionando desórdenes consistentes en lanzar objetos contundentes y botellas de vidrio hacia funcionarios de Carabineros, provocando con ello el peligro cierto de causar algún accidente de tránsito y lesiones a quienes se desplazaban por dicho sector. Debido a lo anterior, ocasionó daños de consideración al vehículo policial Z-5878 consistentes en una abolladura en la puerta corredera derecha, avaluados en $500.000 (quinientos mil pesos), razón por la cual el personal policial procedió a su inmediata detención. Delito y grado de desarrollo Los hechos precedentemente descritos constituyen presuntamente los delitos de Daños simples descrito y sancionado en el art. 487 en relación con el art. 484, ambos del Código Penal y de Desórdenes Públicos, previsto y sancionado en el Art. 269 del Código Penal, encontrándose dichos ilícitos en grado de ejecución consumados. Participació n Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don MATÍAS ANDRÉS CUEVAS MORENO, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como presunto autor del delito consumado de Daños simples descrito y sancionado en el art. 487 en relación con el art. 484, ambos del Código Penal y de Desórdenes Públicos, previsto y sancionado en el Art. 269 del Código Penal,, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 16 de septiembre del 2021, en la comuna de Peñalolén. Código: XGYNXXZBVQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. Renuncia de plazos. Archivo "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto e
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don MATÍAS ANDRÉS CUEVAS MORENO, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como presunto autor del delito consumado de Daños simples descrito y sancionado en el art. 487 en relación con el art. 484, ambos del Código Penal y de Desórdenes Públicos, previsto y sancionado en el Art. 269 del Código Penal,, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 16 de septiembre del 2021, en la comuna de Peñalolén. Código: XGYNXXZBVQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. Renuncia de plazos. Archivo "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: XGYNXXZBVQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XGYNXXZBVQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-10T20:07:48-0400
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2100841220-8 RIT : 5686 - 2021 IMPUTADO : MATÍAS ANDRÉS CUEVAS MORENO Cédula de Identidad : 21.301.364-5 Fecha de nacimiento : 11-05-2003 Domicilio : Avenida EL VALLE Nº 5689, PEÑALOLEN PROCEDIMIENTO : JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : nueve de agosto de dos mil veintidós JUEZ : VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Hechos Que el día 16 d
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