MP C/ JORGE ANDRÉS INOSTROZA UMAÑA
Rol
O-228-2022
Fecha
9 de agosto de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 51, 67, 68, 69, 432 y 442 del Código Penal y; artículos 45, 47, 348, 388, 390 y 395 del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I. Que SE CONDENA a LEANDRO ANDRES BARAHONA LATIN, cédula nacional de identidad N° 20.840.027-4 a RICHARDS JAIME TORRES ARAYA, cédula nacional de identidad N° 14.440.552-8 y a JORGE ANDRES INOSTROZA UMAÑA, cédula nacional de identidad N° 14.459.927-6 ya individualizados, como consecuencia de su participación, en calidad de autores, del delito frustrado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, por el hecho perpetrado el día 14 de marzo de 2022 en esta Jurisdicción. Como consecuencia de lo anterior deberán sufrir, cada uno de ellos, las penas 120 días de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que se abonará a la pena corporal impuesta todo el tiempo de privación de libertad con motivo de esta causa y atendido aquello es que, respecto de todos los sentenciados, se tendrá por cumplida para todos los efectos. III. Que se le exime del pago de las costas de la causa, por las razones expuestas en la parte considerativa del fallo. Regístrese, y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal una vez certificada la ejecutoriedad de la se
Texto Completo (Preview)
Los Vilos, nueve de agosto de dos mil veintidós. Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 51, 67, 68, 69, 432 y 442 del Código Penal y; artículos 45, 47, 348, 388, 390 y 395 del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: I. Que SE CONDENA a LEANDRO ANDRES BARAHONA LATIN, cédula nacional de identidad N° 20.840.027
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica