8º Juzgado Civil de Santiago

LEPORI/

Rol

V-387-2018

Fecha

2 de marzo de 2020

Materia

PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO:* Que al folio 1, comparece Claudina del Carmen Lepori García, domiciliada en calle Las Torcazas N° 237, departamento 602, comuna de Las Condes, quien de conformidad a lo dispuesto en los artículos 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicita tener por interpuesta y admitida información sumaria, declarando en definitiva que existen dos inscripciones de nacimiento a su respecto. Refiere que nació el 28 de noviembre de 1952, en la ciudad de San Fernando, donde después de algunos meses sin inscribirla en el Registro Civil, la entregaron a Dante Lepori Acquini y Flor María del Tránsito García Rodríguez, quienes no se encontraban casados y en el mes de abril de 1965 la inscribieron bajo el número 248 de la oficina Estación del mismo año, desconociendo si se realizó algún procedimiento de adopción propiamente tal. Indica que el 26 de mayo de 1980 Dante Lepori Acquini y Flor María del Tránsito García Rodríguez contrajeron matrimonio, practicando la respectiva legitimación y quedando la solicitante como hija legítima para todos los efectos, lo que quedó plasmado en el registro de nacimientos de la circunscripción de Estación, con el número 142 del registro ER del año 1980, donde figura su RUN 5.893.144-6. Señala que por

Fundamentos

motivos que desconoce, el 22 de diciembre del año 1971, sus padres biológicos contrajeron matrimonio en San Fernando y procedieron a realizar un reconocimiento y legitimación de la solicitante como su hija, quedando también inscrita como Claudina del Carmen Briones Becerra, RUN 14.927.294-1, por lo cual existen actualmente dos inscripciones, con distintos apellidos y RUN. Explica que se tomó conocimiento de la doble inscripción, cuando fue contactada por sus hermanos biológicos, al realizar la posesión efectiva de sus padres. Hace presente que es prueba de que ambas inscripciones corresponden a la misma persona es el hecho que Claudina del Carmen Briones Becerra, RUN 14.927.294-1 jamás ha realizado gestión alguna ante ninguna institución, ni obtenido cédula de identidad, ni ningún otro documento desde que se encuentra registrada, por lo que concluye se hace necesario establecer que ambas inscripciones corresponden a la misma persona, para que así el Registro Civil proceda a eliminar la inscripción realizada con fecha 22 de diciembre de 1971. Que la solicitante de esta perpetua memoria, pide que se admita la información sumaria de testigos y en definitiva se acoja la solicitud y se declare que la inscripción N° 248 del año 1965 de la circunscripción de Estación y la inscripción N° 1.504 del año 1971 de la circunscripción de San Fernando corresponden a la misma persona, para que así el Servicio de Registro Civil proceda con la eliminación administrativa de la inscripción realizada en el año 1971. SEGUNDO:* Que al folio 5, consta Acta que da cuenta de haber sido rendida en dependencias del Tribunal información sumaria de testigos, a la que comparecieron a declarar Marta del Carmen Briones Becerra y María Angélica Briones Becerra. Ambas testigos señalan que al momento de morir su madre y para efectos de realizar la posesión efectiva, se dieron cuenta que en ésta aparecía Claudina Briones Becerra, quien nunca utilizó dichos apellidos, siempre siendo reconocida como Claudina del Carmen Lepori García, lo que les ha causado el problema de no poder concretar definitivamente la posesión efectiva de sus padres. Al ser repreguntadas, declaran que les consta que la solicitante Claudina del Carmen Lepori García es la misma persona que Claudina Briones Becerra, porque sus padres les contaron que dieron en adopción a la solicitante al matrimonio Lepori García, quienes la inscribieron con sus apellidos y que posteriormente, al casarse sus padres, también la inscribieron. TERCERO:* Que la solicitante allegó la siguiente prueba documental: a. Al anexo del folio 1: 1. Copia de certificado de nacimiento de Claudina del Carmen Lepori García, oficina Estación, N° 248, de fecha 03 de abril de 1965, en el cual constan como sus padres Dante Lepori Acquini y Flor María García Rodríguez. 2. Copia de inscripción de nacimiento de Claudina del Carmen Briones Becerra del año 1971, circunscripción de San Fernando, inscripción N° 1504, en el cual constan como sus padres J

Fallo

SE RESUELVE: Que se rechaza la información para perpetua memoria rendida en estos autos a instancias de Doña Claudina del Carmen Lepori García. Regístrese, notifíquese, publíquese, dese copia y archívese. Rol V-387-2018 DICTADA POR DOÑA SYLVIA PAPA BELETTI, JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Marzo de dos mil veinte.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-02T16:05:34-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-387-2018 CARATULADO : LEPORI/ Santiago, dos de Marzo de dos mil veinte.- VISTOS: PRIMERO:* Que al folio 1, comparece Claudina del Carmen Lepori García, domiciliada en calle Las Torcazas N° 237, departamento 602, comuna de Las Condes, quien de conformidad a lo dispuesto en los artículos 909 y siguientes del Código

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