Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ YERKO IGNACIO HIDALGO VÁSQUEZ

Rol

O-1390-2021

Fecha

9 de agosto de 2022

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS El día 10 de abril del año 2021, aproximadamente a las 03:00 horas de la madrugada, el imputado YERKO HIDALGO VÁSQUEZ en compañía de BENJAMÍN CISTERNA MARTÍNEZ y de otros sujetos, se encontraban al interior del automóvil marca Fiat, modelo Uno, año 90, P.P.U. CZ74.52, de color negro, el cual era conducido por el imputado HIDALGO VASQUEZ, al percatarse que funcionarios de Carabineros se encontraba efectuando un patrullaje en el sector de calle Unión esquina Madrid, los imputados se dan a la fuga del lugar siendo alcanzados por funcionarios de Carabineros en la comuna de Quilpué y al efectuar la fiscalización al conductor se percatan que el imputado HIGALDO VASQUEZ mantenía halito alcohólico y rostro congestionado, por lo cual además se le solicita el permiso, autorización o salvo conducto para encontrarse en la vía pública en dicho horario el cual no mantenía al igual que el imputado BENJAMÍN CISTERNA MARTÍNEZ, por lo cual se procede a la detención de ambos. Además, se efectúa el examen de intoxilyzer al imputado HIDALGO VÁSQUEZ el cual arrojó 1.54 gramos de alcohol por litro en la sangre y se verificó a través del sistema que éste conducía sin haber obtenido licencia de conducir alguna, posteriormente fue trasladado al Hospital de Quilpué, lugar donde el imputado se negó a efectuarse el examen de alcoholemia. PROCEDIMIENTO ABREVIADO: Quilpué, nueve de agosto de dos mil veintidós. Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15 N°1, 67, 70 del Código Penal, artículos 110, 196, 195 Bis y 209 de la Ley 18.290, artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: SE DECLARA: - Que se condena a YERKO IGNACIO HIDALGO VÁSQUEZ, cédula de identidad N° . . - , ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN ( DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, MULTA DE DOS ( UTM, y DOS AÑOS DE SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito CONSUMA

Fallo

se resuelve: SE DECLARA: - Que se condena a YERKO IGNACIO HIDALGO VÁSQUEZ, cédula de identidad N° . . - , ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN ( DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias del artículo 30 del Código Penal, MULTA DE DOS ( UTM, y DOS AÑOS DE SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito CONSUMADO de CONDUCIR UN VEHÍCULO MOTORIZADO SIN CONTAR CON LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 196 con relación al artículo 209 de la Ley 18.290. Y a la pena de TRES ( UTM, y UN MES DE SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito CONSUMADO de NEGARSE A PRACTICARSE ALCOHOLEMIA, previsto y sancionado en el Código: CPYBXXPYZSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 195 Bis de la Ley 18.290, y por hechos todos ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 10 de abril del año 2021. - Que para efectos del cumplimiento de la pena corporal impuesta, cumpliéndose los requisitos estatuidos en el artículo 7 y 8 la Ley 18.216, se concederá la RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo quedar sujeto al control de Gendarmería de Chile bajo la vía telemática y la imposición de brazalete electrónico por el plazo de la condena, 541 días, y debiendo imponerse además la permanencia en su domicilio entre las 10:00 de la noche y las 06:00 de la mañana, para rea

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HECHOS El día 10 de abril del año 2021, aproximadamente a las 03:00 horas de la madrugada, el imputado YERKO HIDALGO VÁSQUEZ en compañía de BENJAMÍN CISTERNA MARTÍNEZ y de otros sujetos, se encontraban al interior del automóvil marca Fiat, modelo Uno, año 90, P.P.U. CZ74.52, de color negro, el cual era conducido por el imputado HIDALGO VASQUEZ, al percatarse que funcionarios de Carabineros se enco

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