FELIPE BELISARIO VELASCO SILVA C/ MARCO ANTONIO HIDALGO NECIOSUP
Rol
O-7527-2021
Fecha
5 de agosto de 2022
Materia
USURPACION NO VIOLENTA (ART. 458 CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 19 de febrero del año 2021 alrededor de las 23:00 horas los imputados, JORDAN ALEXI ANCAMIL ANCAMIL Y ESTEBAN BAUTISTA DIAZ TORREALBA, usurparon el Terreno denominado Lote 9 de la Chacra Lo Ruiz, ubicado en la comuna de Renca, Región Metropolitana, de propiedad de las víctimas; Felipe Belisario Velasco Silva, Gonzalo Arnoldo Alarcón Lavín, Marcelo Javier Reyes Miguel, y de “Inversiones y Asesorías Madison Limitada”, sociedad comercial, RUT N° 78.884.210-4, representada por el señor Alejandro Reyes Miguel, quienes adquirieron dicha propiedad por compra que hicieron a la sociedad “Inversiones y Rentas San Luis S.A.”, según escritura pública de fecha 14 de junio de 2010, otorgada ante el Notario de Santiago don Raúl Undurraga Laso, que se encuentra inscrita a fojas 39.343 N° 59.433 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010. Dicho inmueble tiene el Rol de Avalúo N° 2121-59, de la Comuna de Renca. Dicha usurpación pudo concretarse toda vez que los imputados ingresaron al inmueble en horas de la noche, aprovechando la ausencia momentánea de personas en el lugar, en 5 vehículos motorizados, instalaron carpas y viviendas de construcción WYLXXXHYWZT MARÍA VERÓNICA OROZCO LOBOS Juez de garantía Fecha: 09/08/2022 19:10:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl liviana en el lugar y designaron ciertos sectores del terreno sin autorización ni conocimiento de sus propietarios, con la intención clara de usurparlo y con el deliberado propósito de permanecer en su interior por tiempo
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a JORDAN ALEXI ANCAMIL ANCAMIL Y ESTEBAN BAUTISTA DIAZ TORREALBA, ya individualizados (a), en calidad de autores (a), del delito de USURPACION NO VIOLENTA, en grado CONSUMADO perpetrado el 19 de febrero de 2021 en la comuna de Renca cada uno a la pena de MULTA DE DOS UTM y se le exime del pago de las costas de la causa. II. Se autoriza a los sentenciados para el pago de la multa en cuatro cuotas iguales y sucesivas, debiendo pagar la primera a más tardar el último día hábil del mes de septiembre de 2022. III. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la imposición de la pena por seis meses a JORDAN ALEXI ANCAMIL ANCAMIL. IV. Que una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- DICTADA DOÑA MARIA VERONICA OROZCO LOBOS JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO. Sentencia ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. WYLXXXHYWZT MARÍA VERÓNICA OROZCO LOBOS Juez de garantía Fecha: 09/08/2022 19:10:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: SANTIAGO, 5 DE AGOSTO DE 2022 TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIA VERONICA OROZCO LOBOS RUC: 2100172526-K RIT 7527-2021 IMPUTADO: JORDAN ALEXI ANCAMIL ANCAMIL C.I. 18.620.179-5 FECHA DE NAC. 06-07-1994 DIRECCION MAPOCHO NORTE 8400 COMUNA: CERRO NAVIA DELITO USURPACION NO VIOLENTA ARTICULO 458 CODIGO P
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