RETEN CARABINEROS PELLUHUE C/ CRISTIAN FABIÁN CÓRDOVA OLAVE
Rol
O-656-2021
Fecha
5 de agosto de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Ante el Juzgado de Letras y Garantía con competencia en Familia y Laboral de Chanco, el uno de agosto de dos mil veintidós, se llevó a efecto la audiencia programada en la causa RUC Nº2100979456-2, RIT 656-2021; el Ministerio Público, a través del Fiscal Adjunto Francisco Javier Ávila Calderón, formuló acusación en contra de Cristian Fabián Cordova Olave, 14.908461- 4, domiciliado en Cardonal Alto S/N, de la comuna de Pelluhue, el que fue representado por don Carlos Gatica Sepúlveda. Los hechos que se le imputan son los siguientes: “el día 31 de octubre del año 2021 a las 18:25 horas aproximadamente en el inmueble ubicado en el sector Cardonal Alto s/n, Curanipe, comuna de Pelluhue el imputado CRISTIAN FABIÁN CÓRDOVA OLAVE ingreso a dicho lugar por una vía no destinada al efecto, a través de alambres de la reja perimetral para proceder una vez adentro del domicilio proceder a apropiarse sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro de un alargador de corriente que se encontraba en dicho lugar propiedad de la víctima doña SILVANA DEL CARMEN BECERRA GONZALEZ”. A juicio del Ministerio Público los hechos antes descritos son constitutivos del delito de robo en lugar habitado, conforme lo prescribe el artículo 440 N°1 del Código Penal, correspondiéndole participación en calidad de autor, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Sin perjuicio de lo anterior, con el objeto de hacer procedente el procedimiento abreviado recalifica los hechos a hurto y violación de morada, por lo que pide las penas de 301 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de hurto y multa de seis (6) Unidades Tributarias Mensuales por la violación de morada. CONSIDERNADO: Código: XTLNXXHKXVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que, en esta audiencia el acusado Cristian Fabián Cordova Olave, debidamente asistido por su defensa y previas las advertencias legales, aceptó expresa y vo
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14 Nº1, 15 Nº1, 22, 24, 26, 28, 29, 50, 67, 68, 70, 144, 446 N°3 y 449 del Código Penal; artículos 47, 297, 298, 340, 341, 342, 343 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal. 1.- Que, se condena a Cristian Fabián Cordova Olave, ya individualizado, a la pena de trescientos un día de presidio menor en su Código: XTLNXXHKXVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl grado mínimo, a la multa cinco Unidades Tributarias Mensuales, a la pena accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de hurto simple, perpetrado en el territorio jurisdiccional del Tribunal el 31 de octubre de 2021. Se le reconocen 213 días de abono. 2.- Que, se condena a Cristian Fabián Cordova Olave, ya individualizado, a la multa de seis Unidades Tributarias Mensuales, por su responsabilidad como autor del delito consumado de violación de morada, perpetrado en el territorio jurisdiccional del Tribunal el 31 de octubre de 2021. 3- Que, Cristian Fabián Cordova Olave no es merecedor de pena sustitutiva. 4.- Que, la pena de multa deberá enterarla en arcas fiscales, mediante depósito efectuado en la Tesorería General de la República, por medio del Formulario N° 10, facultándose a que se entere dicha multa en once (11) cuotas, cada una de ellas equivalente a una Unidad Tributar
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Errázuriz s/n°, Chanco VII Región del Maule Fono (73) 2551002 Correo electrónico: jlyg_chanco@pjud.cl Chanco, cinco de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Ante el Juzgado de Letras y Garantía con competencia en Familia y Laboral de Chanco, el uno de agosto de dos mil veintidós, se llevó a efecto la audiencia programada en la causa RUC Nº2100979456-2, RIT 656-2021; el Ministerio Público, a través
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