FL AH C/ CHRISTOPHER ALEJANDRO RIVERA NÚÑEZ
Rol
O-540-2021
Fecha
9 de agosto de 2022
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS A LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Individualización de intervinientes y lectura de la acusación. Que con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los Magistrados, Loreto Jara Peña, Moisés Pino Pino y Rodrigo Villar Bustamante, en causa Rol Único 1901010941-0 y Rol Interno del Tribunal 540-2021 el Ministerio Público, representado por el fiscal Carlos González Reyes, presentó acusación en contra del imputado Christopher Alejandro Rivera Núñez, chileno, cédula nacional de identidad 18.917.468-3, soltero, nacido el 13 de septiembre de 1992, en sector El Almendral, en la comuna de Valparaíso, de 29 años, con segundo medio cursado, trabaja de delivery, domiciliado en Pasaje Andacollo Nº4393, sector La Negra, de la comuna de Alto Hospicio, quien se encontraba defendido por el Defensor Penal Andrés Hidalgo Manríquez, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, previsto y sancionado en los artículos 3 y 1 de la ley 20.000 Los hechos que configuran la acusación son los siguientes: El día 21 de septiembre de 2019, alrededor de las 15.00 horas aproximadamente, en circunstancias que el acusado CHRISTOPHER ALEJANDRO RIVERA NUNEZ conducía el vehículo PPU DXKV25, Honda Fit, color negro, en la intersección Teniente Merino Correa con Juan retamales, no respeto la señalética "ceda el paso" existente en el lugar, lo que es presenciado por personal policial que realizaba patrullajes en el sector. Al solicitar su detención, el acusado detiene el vehículo, momentos en que Carabineros estando frente a él, este intenta reiniciar la marcha derribando una de las motos de los funcionarios. Es en ese contexto, que el personal policial le pide al acusado descender del vehículo, momentos en que se expele un fuerte olor a marihuana desde el interior y en el piso del piloto a simple vista los efectivos policiales pudieron ver un a bolsa que contenla XZNEXXBXXWT Rodrigo Antonio V
Fundamentos
motivos que lo llevaron a esto, que ese día 21 de septiembre de 2019 se encontraba en su casa en una situación por mucho dolor, el que era producto de un impacto de bala que recibió en el pie derecho, dañando el nervio ciático, menciona que desde los 15 años consume cannabis por entretenimiento o gusto, que nunca dejó de fumar marihuana, ese día se levanta, viendo un mensaje en su celular, explicando que se encontraba en una situación de depresión severa, llevando unos siete meses sin tener conocimiento de lo que pasaba a su alrededor, dado que los medicamentos lo tenían dopado, los dolores eran tan fuertes que tomaba veinte pastillas, sin dejar de sentir dolor, el que se mantenía constante, que le mandó mensaje un joven al que siempre le compraba marihuana para el consumo, que aquel persona sabía de su situación, le ofreció una cantidad grande de cannabis, sin necesidad de comprarla, que lo pensó, pero no necesitaba tanto, que era un exceso, pero estaba sin trabajo, que llevaba siete meses sin trabajar, que trabajaba con el banco estado igual que su mujer, le quedaba poco dinero, tenía que comprar tramadol, que le dijeron que tenía droga, que se la iban a vender como ayuda en $350.000, que tomó su celular, sacando la cuenta, pensando en que si podía vender la mitad podía comprar sus medicamentos, que tenía una hija recién nacida, tomando la decisión de comprar para vender a personas cercanas o amigos, y que no tenía conocidos o teléfono que le compraran, que quería vender la mitad y la otra la dejaba para su consumo, que fumaba de seis a siete pitos al día, fue lo que le ayudó a salir de la oscuridad en que estaba, explicando que un día se despertó y pudo ver a su hija, que no se había dado cuenta que había nacido. Que se levantó y fue a comprar, se dirigió a casa de su amigo, le dice a ese cabro que lo acompañe, que con el tiempo se habían encontrado acá, viven en el mismo lugar, que fue a la casa de su amigo para que lo acompañara, llego a la casa de él, se subió y lo acompañó a la casa de esa persona, que fueron a la quebradilla donde la persona que le vendía, que le compraba $5.000-$10.000, se junta con aquella persona, quien cuando se fue preso le dieron como 5 balazos en la cabeza, que nunca quiso dar el nombre de aquel, menos ahora que esta muerto, pero si decir que se juntó con él, le vende esto, le cancela el dinero y le devuelve un resto de dinero, diciendo que cuando estuviera mejor le pagara el resto, pesca el ladrillo y lo mete debajo del asiento, se pone en marcha y se va en dirección a la negra, por avenida las parcelas, en Juan Retamales vira al pasaje que esta frente de la comisaría, porque el camino estaba muy malo, ese camino estaba de tierra todavía, lo estaban recién pavimentando, dobla a la derecha, en la intersección de la avenida Hernán Merino, ahí si o si tiene que mirar, que en esa esquina hay puntos ciegos, que estando detrás de los vehículos, ingresan dos motos de carabineros, por su lugar, XZNEXXBXXWT Rodrigo Antoni
Fallo
se declara: XZNEXXBXXWT Rodrigo Antonio Villar Bustamante Juez oral en lo penal Fecha: 09/08/2022 14:07:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 22 1. Que SE CONDENA a Christopher Alejandro Rivera Núñez, ya individualizado, a cumplir una pena de tres (3) años y un día (1) de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal, ascendente a una unidad tributaria mensual, sin costas, por su responsabilidad como autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3 de la ley 20.000, sorprendido en esta jurisdicción el día 21 de septiembre de 2019. 2. Que conforme lo dispone el inciso final del articulo 49 del Código Penal, se exime del apremio por incumplimiento de multa al haber sido condenado a una sanción equivalente a la reclusión menor en su grado máximo, con cumplimiento efectivo. 3. Que Christoph
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1 RUC: 1901010941-0 RIT: 540-2021 ACUSADO: CHRISTOPHER ALEJANDRO RIVERA NÚÑEZ CEDULA DE IDENTIDAD: 18.917.468-3 MATERIA: ARTÍCULO 3 LEY 20.000 RESOLUCION: SENTENCIA DEFINITIVA Iquique, nueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y OIDOS A LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Individualización de intervinientes y lectura de la acusación. Que con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, ante este Tribun
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