Juzgado de Letras y Garantía de Pucon.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ CRISTIAN ALONSO ALFARO DE LA SOTTA

Rol

O-936-2022

Fecha

9 de agosto de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, el Ministerio Público, en Proceso Rol Único de Causa Nº 2200584892-3, RIT 936 – 2022, sobre el delito de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4)., formuló de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal acusación, en contra del imputado CRISTIAN ALONSO ALFARO DE LA SOTTA, cédula de identidad 18.126.349-0, domiciliado en Pasaje Esperanza 250 Camino Internacional, comuna de Pucón, legalmente representado por el defensor penal licitado don SEBASTIAN RADDATZ TRONCOSO , en los siguientes términos: I.- LOS HECHOS: Con fecha 15 de junio de 2022, alrededor de las 17:35 horas, en circunstancias que personal de Carabineros se encontraba realizando controles vehiculares aleatorios en Ruta S-199 con Rotonda Poniente de la comuna de Pucón, procedieron a fiscalizar el automóvil marca Toyota, modelo Corolla, color blanco, p.p.u.: BK.SL-80, el cual era conducido por el acusado CRISTIAN ALONSO ALFARO DE LA SOTTA, en compañía de una tercera persona, oportunidad en la cual se percataron que entre los asientos, en el posa vasos, se encontraba un frasco de vidrio contenedor de una sustancia vegetal, similar a la marihuana, unido al nerviosismo que presentaron, procedieron a efectuarles un control de identidad, y al registro del mismo logrando constatar que dicha especie arrojó coloración positiva ante la presencia de marihuana y un peso neto de 12,580 gramos de la droga. Continuando con el registro del vehículo, en los asientos traseros al interior de un banano color negro se incautó un papelillo cuadriculado, contenedor de una sustancia color blanco, la cual al ser sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva ante la presencia de clorhidrato de cocaína y un peso neto de 2 gramos de la droga; al registro del maletero del vehículo, se incautó un tarro de leche Nido, en cuyo interior mantenía una bolsa color negro la cual envolvía una sustancia vegetal que al ser sometida a la prueba de campo arrojaron coloración positiva ante la presencia de marihuana y un peso neto de 50 gramos de la droga, y finalmente, en la guatera del vehículo se incautó una balanza digital, tipo gramera, color gris, marca Kenex, utilizada comúnmente para la dosificación de la droga. II.- CALIFICACIÓN JURÍDICA, PARTICIPACIÓN Y GRADO DE DESARROLLO: MICROTRÁFICO, prescrito y sancionado en el art. 4º de la Ley 20.000, ilícito que se encuentra en grado de consumado y en el cual les ha cabido participación en calidad de autor. III.- CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL, por aplicación del artículo 407 del Código Procesal Penal, se considera concurrente la atenuante del artículo 11 n° 9 del Código penal. Código: BRQWXXEWMVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- SOLICITUD DE PENA. Para el acusado se solicita una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más una multa de 10 UTM, COMISO de las especies incautadas y accesorias legales. SEGUNDO

Fallo

se resuelve: I.- Que se condena a CRISTIAN ALONSO ALFARO DE LA SOTTA, ya individualizado, como autor del delito de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY 20.000, perpetrado en esta jurisdicción, el 15 de junio de 2022, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias de suspensión cargos y oficios públicos durante el lapso de la condena, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, el comiso de las especies incautadas por el Ministerio Público autorizando su destrucción o destinación según corresponda. II- Que, al condenado, se le concede la pena sustituta de reclusión parcial domiciliaria nocturna , en cuanto a juicio del sentenciador, cumple con los requisitos que el artículo 8° de la ley 18.216, por el lapso de la pena corporal, debiendo apersonarse ante el Centro de Reinserción Social de TEMUCO, a fin de iniciar administrativamente su cumplimiento con monitoreo telemático, atendida la factibilidad técnica según informe 204966 entre las 22:00 y las 06:00 del día siguiente en el domicilio que consigna dicho informe. El condenado deberá comparecer ante dicha autoridad dentro de quinto día contado desde que quede firme la presente sentencia. Código: BRQWXXEWMVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que se tendrá por cumplida la pena pecuniaria con el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa. IV.- Que, no se condena en costas al condenado. Reg

Texto Completo (Preview)

Pucón, nueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, el Ministerio Público, en Proceso Rol Único de Causa Nº 2200584892-3, RIT 936 – 2022, sobre el delito de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4)., formuló de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal acusación, en contra del imputado CRISTIAN ALONSO ALFARO DE LA SOT

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica