MINISTERIO PUBLICO C/ ELEUTERIO VITALICIO MILLÁN MARILEO
Rol
O-4336-2022
Fecha
28 de julio de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 27 de julio del año 2022 alrededor de las 17:15 horas en calle Concepción esquina Chillan de la ciudad de Osorno, el imputado ELEUTERIO VITALICIO MILLÁN MARILEO fue sorprendido por personal de carabineros, quien mantenía en esas circunstancias una orden de detención liberada por el Juzgado de Garantía de Osorno en causa RIT 4029-2021, todo en el contexto de un control de identidad preventivo, por lo que fue detenido y con ello trasladado hasta el cuartel de la SubComisaria de Rahue de Osorno ubicada en calle Iquique 440 de esta ciudad, en el lugar además, se sorprendió al imputado que este mantenía entre sus vestimentas sin justificar razonablemente su porte, las circunstancias previamente descritas, un arma blanca tipo cortapluma de 11cm de hoja y 13 cm de empuñadura metálica color ploma, marca Stanley, por lo que también fue detenido en el lugar incautándose la especie señalada Y
Fundamentos
considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9 14 Nº1, 15 Nº1, 18, 30, 49, 50 y siguientes, 70, 288 Bis del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y demás pertinentes,
Fallo
se declara: I. Que se condena a ELEUTERIO VITALICIO MILLÁN MARILEO, cédula de identidad N°15.489.012-2, trabajador Código: RLKCXXVLKMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl independiente, domiciliado en Pasaje Francisco Aburto, número 2068, Osorno, teléfono número 921828831; como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 288 Bis del Código Penal; perpetrado en esta jurisdicción, el día 27 de julio del año 2022, a la pena de MULTA de 1/3 (UN TERCIO) de UTM y al comiso y destrucción de la especie incautada. II. Atendido que el sentenciado ha permanecido privado de libertad el día 27 de julio de 2022, por un periodo superior a 12 horas, la pena de multa se tendrá por cumplida. III. Que no se condena en costas al sentenciado por haber aceptado la realización del juicio simplificado y haber sido asesorado por la Defensoría Penal Pública. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese esta sentencia conforme el estado del proceso. Quedan en este acto notificados todos los intervinientes de la sentencia antes pronunciada. RUC 2200725946-1 RIT 4336 - 2022 Dictó don PABLO ALVAREZ SOLÍS, Juez de Garantía de Osorno. Código: RLKCXXVLKMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-08T21:11:58-0400
Texto Completo (Preview)
RUC : 2200725946-1 RIT : 4336 - 2022 DELITO : Porte de arma cortante (288 bis C.P.) NOMBRE DEL IMPUTADO : ELEUTERIO VITALICIO MILLÁN MARILEO PROCEDIMIENTO : Simplificado OSORNO, veintiocho de julio de dos mil veintidós. Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 27 de julio del año 2022 alrededor de las 1
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