DANIEL FELIPE FERNANDEZ RAMIREZ C/ GUILLERMO ISRAEL GACITÚA MUÑOZ
Rol
O-8754-2021
Fecha
5 de agosto de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 06 de abril de 2021, alrededor de las 13:50 horas, funcionarios de la Brigada investigativa de robos de Arica, realizaban labores propias de su especialidad, trasladándose por avenida capitán Avalos con Antártica, observaron a tres sujeto, los que al ver la presencia policial comenzaron a retirarse raudamente del lugar, por lo que se dispusieron a realizar un control de identidad preventivo, momento en que los sujetos evaden el control y comienzan a huir del lugar, observando al imputado GUILLERMO GACITUA MUÑOZ el que mientras huía se desprende de un bolso tipo “banano”, logrando interceptar al imputado en las inmediaciones del lugar, para luego proceder a la revisión del bolso, percatándose que en su interior mantenía 17 envoltorios de papel de libro contenedores de cannabis sativa y 37 envoltorios de papel libro contenedores de paste base de cocaína. Realizándose a ambas sustancia las pruebas de campo correspondientes arrojando coloración positiva ante la presencia de THC y cocaína base respectivamente, al realizarse el pesaje de la droga la marihuana elaborada arrojo un peso bruto de 31.6 gramos y neto de 17.1 gramos, mientras que la cocaína base arrojo un peso bruto de 14.7 gramos y neto de 4.5 y una pureza entre el 53% y 59%.“ Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Trafico de pequeñas cantidades (art. ). Código: CXDGXXNCHWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Procedimiento Simplificado. Arica, cinco de agosto de dos mil veintidós. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos °, °, 7°, Nos. y 9, 9, 7, y 7 ; artículos °, °, , , y de la Ley . ; de la Ley de
Fallo
se declara I. Que se condena a GUILLERMO ISRAEL GACITÚA MUÑOZ, cédula de identidad N° . . 7 - , ya individualizado, a la sanción de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas, como autor del delito consumado de Trafico ilicito de drogas de pequeñas sancionado en los artículos y de la Ley . , perpetrado en esta juridiscción con fecha de abr il de . II. Que la sanción recientemente impuesta de un tercio de unidad tributaria mensual, deberá ser pagada dentro de treinta días, de hacer exigible la sanción, sin perjuicio de lo que se dictara a continuación, bajo apercibimiento lo dispuesto en el artículo 9 del Código Penal, en caso de no pago podrá hacerse exigible, podrá incluso ser privado de libertad por su no pago III. De conformidad lo establece el artículo de la Ley . , se suspende la imposición de la sanción teniendo especialmente en consideración y siendo ahora joven de años, una persona que se encuentra cursando tercero medio, merito suficiente para entender que existen antecedentes favorables para suspensión imposición de la sanción. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en los artículos del Código Procesal Penal y de la Ley . Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que se entiende ejecutoriada. RUC - RIT - Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ, Jueza (D) del Juzgado de Garantía de Arica. Código: CXDGXXNCHWX Este documento tiene firma electrónica y
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, cinco de agosto de dos mil veintidós Magistrado CHERYL FRANCISCA FERNANDEZ ALBORNOZ Fiscal PAULINA BRITO DOERR Defensor RODRIGO TORRES DIAZ Tipo de Audiencia Juicio oral simplificado Hora inicio parte I Hora termino parte I Hora inicio parte II Hora termino parte II Sala Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 9 -9-99 - - - -JOSI CFA LAG RIT 7 9 -9-99
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