M.P. COQUIMBO C/ LUIS ALFONSO CARVAJAL ALFARO
Rol
O-406-2022
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 27 de enero de 2022 a las 00:35 horas aproximadamente, el acusado Luis Alfonso Carvajal Alfaro, en el interior de su domicilio ubicado en el sector de Las Tres Villas Lote 632, Pan de Azúcar, Coquimbo, mantenía en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito la camioneta marca Nissan, modelo Navara, placa patente única RPDL-73, de propiedad de la empresa MFP INGENIERÍA Y LOGÍSTICA SPA y a cargo de la víctima don Eddy Alejandro Cuellar Flores, avaluada en la suma de $35.500.000, y la camioneta marca Nissan, modelo NP300, placa patente única KWYF-96, de propiedad de la víctima don Lautaro Humberto Moreno Gajardo, avaluada en la suma de $ 30.000.000.- Origen de las especies: - La camioneta marca Nissan, modelo Navara, placa patente única RPDL-73, había sido sustraída el día 26 de enero de 2022, a las 22:34 horas aproximadamente, por sujetos desconocidos desde la vía pública, exterior del domicilio calle Víctor Taborga Vega, a la altura del N° 1356, Cielos del Valle, Coquimbo, donde se encontraba estacionada, mediante fractura de su vidrio trasero costado izquierdo, hecho denunciado, mediante Parte N° 205 de la Subcomisaría de Tierras Blancas, de fecha 27.01.2022. - La camioneta marca Nissan, modelo NP300, placa patente única KWYF-96 había sido sustraída el día 26 de enero de 2022, a las 15:00 horas aproximadamente, por sujetos desconocidos desde la vía pública, calle Florencio Sánchez intersección Avenida del Mar, La Serena, donde se encontraba estacionada, hecho denunciado mediante Parte N° 532 de la 1ra. Comisaria Carabineros La Serena, de fecha 26.01.2022.” B.- SENTENCIA: Coquimbo, ocho de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 4, 7, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 67, 69, 70, 456 bis A, 449 todos del Código Penal, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 4, 38, de la Ley 18.216, 600 del Código Orgánico de Tribunales, artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República,
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a don LUIS ALFONSO CARVAJAL ALFARO, ya individualizado, a dos penas de 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE 5 UTM, SUSPENSIÓN DE CARGO Y OFICIO PUBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad a título de autor en dos delitos consumados de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal, hechos ocurridos el día 27 de enero de 2022. II.- Que se sustituye la pena corporal que asciende a un total de 1082 días por la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, por tres años, para estos efectos el quinto día de ejecutoriada la sentencia deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de La Serena a fin de dar inicio a esta pena sustitutiva, en caso que la sentencia quede firme el día de hoy, deberá presentarse el día 16 de agosto de 2022, entre las 09.00 y las 12.00 de día, con su cédula de identidad, en el Centro de Reinserción Social de La Serena; en caso de no presentarse, se despachará orden de detención pudiendo discutirse su QKPDXXGWHQT Loreto Alejandra Figueroa Tolosa Juez de garantía Fecha: 09/08/2022 09:20:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insul
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A.- HECHOS: “El día 27 de enero de 2022 a las 00:35 horas aproximadamente, el acusado Luis Alfonso Carvajal Alfaro, en el interior de su domicilio ubicado en el sector de Las Tres Villas Lote 632, Pan de Azúcar, Coquimbo, mantenía en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito la camioneta marca Nissan, modelo Navara, placa patente única RPDL-73, de propiedad de la empre
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