MINISTERIO PUBLICO C/ JORGE IGNACIO SANTIBÁÑEZ BARRAZA
Rol
O-241-2021
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos son constitutivos del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 1 del Código de Penal, que tiene el grado de desarrollo de consumado, correspondiéndole al acusado participación, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal, en calidad de autor directo e inmediato. No reconoció circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal al momento de la acusación. En el libelo acusatorio, el persecutor solicitaba la pena de 3 AÑOS de presidio menor en su grado medio, accesorias del artículo 30 del Código Penal consistente en la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y las costas de la causa TERCERO: Que los antecedentes en los que se fundó la acusación fiscal fueron los siguientes: 1. Parte N°53 donde se consigna la denuncia de la víctima de haber sufrido agresión por parte del imputado; 2. Registro fotográfico y declaración de la víctima; 3. Ordinario N° 29/2021, del Hospital de Taltal, de 16 de febrero de 2021, junto con la Código: TQJXXTDSJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl información anexa de la ficha clínica del paciente LEONARDO MATURANA; VALENCIA; 4. Dato de atención de urgencia N° 2101310002, del Hospital de Taltal, de 31 de enero de 2021; 5. Ordinario N° 1285, del Hospital Regional de Antofagasta, de 25 de junio de 2021 junto con la información anexa de la ficha clínica del paciente LEONARDO MATURANA VALENCIA y 6. Informe del Servicio Médico Legal de fecha 03 de septiembre de 2021 que determina las lesiones y gravedad de las mismas. CUARTO: Que informado de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, el acusado con conocimiento de los antecedentes de la investigación que fueron reseñados por el Fiscal de la causa, aceptó los hechos materia de la acusación del Sr. Fiscal y los antecedentes en que ésta se ha fundado, expresamente y en forma libre y voluntaria, sin la coacció
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3º, 5º,14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50; 397 N° 1 del Código Penal, en los artículos 1º, 2º, 4º, 45, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a JORGE IGNACIO SANTIBAÑEZ BARRAZA, RUT 17.554.004-0 ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio; accesorias legales del de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 1 del Código de Penal, en grado de ejecución de consumado, cometido el día 31 de enero de 2021, en la comuna de Taltal. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL por el mismo término de la condena, quedando éste sujeto a la observación y asistencia a la sección de tratamiento en el medio libre de Gendarmería de Chile, debiendo dar inicio al cumplimiento de la referida pena sustitutiva dentro de los CINCO días siguientes a que el presente fallo quede ejecutoriado. III.-Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Código: TQJXXTDSJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En su oportunidad, regístrese, archívese y dese cumplimiento con lo pr
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Taltal, a ocho de agosto de dos mil veintidós. PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Taltal, el Ministerio Público presentó acusación en contra de JORGE IGNACIO SANTIBAÑEZ BARRAZA, RUT 17.554.004-0, ignora profesión u oficio domiciliado en RIQUELME N 284, TALTAL, comuna de Taltal. SEGUNDO: Que con fecha tres de agosto del corriente se celebró audiencia en procedimiento abreviad
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