MARCELO CRISTHIAN AGUAYO VALDIVIA C/ FRANCISCO ANDRÉS MONTENEGRO VALLADARES
Rol
O-4513-2020
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 15 de abril de 2020, a las 23:40 horas fue sorprendido Francisco Andrés Montenegro Valladares, por personal de Carabineros, en la vía pública, en calle Lauro Barros con Isiderio Soto, comuna de San Antonio, en horario restringido, conduciendo el automóvil marca Toyota, modelo Tercel, color blanco, año 1994, placa patente única LN-5523, sin su salvoconducto correspondiente para desplazarse en dicho horario, asimismo, le había sacado la placa patente a dicho automóvil, ocultándola en el asiento trasero de dicho móvil. De igual manera, el imputado Francisco Andrés Montenegro Valladares al haber cometido el delito señalado en la vía pública conduciendo el vehículo Placa Patente Única LN- 5523 y en el día y hora ya expresados, puso en peligro la salud pública al infringir la medida dispuesta por la autoridad sanitaria a través de Resolución Exenta del Ministerio de Salud N° 202 de fecha 22/03/2020, publicada en el Diario Oficial de la misma fecha, consistente en la obligación para todos los habitantes de la República, de permanecer en sus residencias, como medida de aislamiento, entre las 22:00 y las 05:00 hrs del día siguiente, la cual fue ejecutada, según dispone la misma resolución en su numeral 7, por el Jefe de la Defensa Nacional para la región de Valparaíso, Contra Almirante Sr. YERKO MARCIC CONLEY, mediante el bando N° 4 de la misma fecha. La medida de aislamiento sanitario nocturno antes identificada se impartió en nuestro país, como medida de salubridad, por un plazo indefinido, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su supresión y bajo el alero del Decreto Supremo Nº 104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el Diario Oficial el mismo día, mediante el cual se decretó el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, cuyo fundamento se encuentra, a su vez, de acuerdo al primer
Fundamentos
considerando de dicho decreto, en la circunstancia de propagación a nivel mundial, conocida públicamente, del virus denominado coronavirus -2 (SARS – CoV -2) el que, a su vez, produce la enfermedad del coronavirus (COVID-19), y que tiene a Chile, desde el día 05 de enero de 2020, en estado de Alerta Sanitaria, establecido mediante el Decreto Nº 4 del Ministerio de Salud. El referido Decreto Supremo N°104 dispone además, en su artículo 4°, que “los jefes de la Defensa Nacional deberán tomar en consideración las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación del Covid-19, en actos administrativos dictados por el Ministerio de Salud.” Todas las instrucciones y actos administrativos aludidos precedentemente han sido puestos en conocimiento de la población sea mediante la publicación de los mismos en el diario oficial o a través de su amplia e intensa difusión a través de medios de comunicación Código: FBNXXPXBPT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl social, tal como lo establecen los propios decretos y resoluciones antes indicadas y que se encontraban vigentes al momento de ocurrir los hechos. CALIFICACIÓN JURÍDICA: Los hechos antes descritos son constitutivos del delito de poner en peligro la salud pública previsto y contemplado en el artículo 318 del Código Penal y el delito de conducir a sabiendas vehículo motorizado con placa patente ocultada, previsto en el artículo 1 en grado de desarrollo consumado y en que el imputado ha tenido participación en calidad de autor, según lo previsto en el artículo 15 del Código Penal. Actuaciones efectuadas El imputado acepta ser representado por el abogado defensor presente en audiencia. Se tramita la presente causa de conformidad a las normas del juicio oral simplificado. El Tribunal dicta sentencia absolutoria. Ambos Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. Dese cumplimiento en lo establecido en el Art. 468. Sentencia: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2000387504-1 4513-2020 CAUSA.: R.U.C=2000387504-1 R.U.I.=4513-2020 Fecha de deliberación 2022/08/08 Juez redactor FELIPE EDUARDO CONTRERAS BIANCHI RELACIONES.: MONTENEGRO VALLADARES FRANCISCO ANDRÉS / OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA Resultado Absuelto. CAUSA.: R.U.C=2000387504-1 R.U.I.=4513-2020 - - RELACIONES.: MONTENEGRO VALLADARES FRANCISCO ANDRÉS / OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA Procedimiento Juicio Oral Simplificado Dirigió la audiencia y resolvió - FELIPE EDUARDO CONTRERAS BIANCHI. Registro íntegro de la audiencia se guarda en formato de audio, según acuerdo de pleno de la Excelentísima Corte Suprema, de fecha 28 de Enero de 2002. Certifico: Que con esta fecha, notifiqué vía e-mail a la Fiscalía y a la Defensoría. Gonzalo Vilches López Administrativo 1° - Administrativo de Actas gvilches@pjud.cl Código: FBNXXPXBPT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.p
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Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha San Antonio., ocho de agosto de dos mil veintidós Magistrado FELIPE EDUARDO CONTRERAS BIANCHI Fiscal KARINA FRANCO MORAGA Defensor CONSTANZA PÉREZ LLANOS Hora inicio 11:14AM Hora termino 11:23AM Sala Sala 2 – VIDEO CONFERENCIA Tribunal Juzgado de Garantía de San Antonio. Acta GONZALO VILCHES LOPEZ RUC 2000387504-1 RIT 4513 - 2020 N
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