3º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ JORGE EFRAÍN HUENCHULEO LAUQUÉN

Rol

O-112-2021

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

COHECHO O SOBORNO COMETIDO POR PARTICULAR. ART. 250

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS A LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, ante esta Sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por la magistrada doña Paulina Andrés Miranda e integrada por los jueces don Claudio Henríquez Alarcón y doña Ruby Vanessa Sáez Landaur, los dos primeros subrogando legalmente como jueces titulares del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral rol interno del Tribunal N°112-2021 seguido en contra del acusado JORGE EFRAIN HUENCHULEO LAUQUEN, cédula nacional de identidad N° 18.613.089-8, nacido en Santiago el día 16 de diciembre de 1993, 28 años, soltero, educación superior incompleta, de ocupación garzón, domiciliado en calle 3 N° 9313, Población Los Microbuseros, comuna de Peñalolén, representado por la Defensora Penal Pública, doña Maria Eugenia Raggi Quezada, con sus datos ya registrados en el Tribunal. Compareció en representación del Ministerio Público doña América Vergara Vergara, con sus datos debidamente consignados. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el Ministerio Público sostuvo en su acusación que: “El día 28 de diciembre de 2020, a las 19:15 horas, aproximadamente, el imputado ya individualizado conducía una motocicleta patente OT-265 por la comuna de La Reina, llegando a la calle Yemes, frente al número 139, donde fue sometido a control vehicular por parte de funcionarios de Carabineros a quienes exhibió la totalidad de la documentación correspondiente al vehículo vencida, esto es: permiso de circulación, seguro obligatorio, revisión técnica, y certificado de emisión de gases contaminantes, dirigiéndose hasta el Sargento Primero Carlos Rojas Guzmán, luego de ser informado de la correspondiente infracción de tránsito, manifestándole lo siguiente: “Mi cabo, tengo familiares uniformados, le pido por favor que no me quite la moto ya que tengo que trabajar mañana, tengo 20.000, arreglémonos y no me saque el parte”, sacando la suma de 20.000 entregándola al referido funcionario de Carabineros, todo con el objeto de que éste no realizara los actos propios de su cargo, esto es, cursar la infracción correspondiente al imputado, siendo en consecuencia detenido” Calificación jurídica. Código: JZKXXPBMXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Estos hechos configuran, a juicio de la Fiscalía, el delito consumado de Cohecho, consagrado y sancionado en los artículos 250, en relación al 248 bis todos del Código Penal, en el que le atribuye una participación al acusado de autor, conforme con el artículo 15 N°1 del mismo código. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Circunstancias atenuantes: La fiscalía estima favorecer la responsabilidad penal del acusado la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, irreprochable c

Fallo

se acuerda del día, estaba trabajando en el Mall Plaza Egaña y se fue a su casa y saliendo del mall, es fiscalizado por Carabineros, los cuales, le quitan los documentos, la licencia y le pasan un parte. Le retiran el vehículo y él camina y en el lugar se encontraba una funcionaria y le dijo lo que pasó, le explicó que fue fiscalizado y le quitaron su vehículo y le preguntó ¿Qué puedo hacer? Era época de Covid y era complejo usar locomoción colectiva. Señaló que era su primer mes de trabajo y ella le dice que no puede hacer nada y que ubique a la persona responsable y era el cabo que le cursó la infracción, que le pasó el parte y le quitó la moto y era la única persona que le podía ayudar. Ella le dijo te recomiendo que vayas y le expliques a él y le dijo lo mismo al Carabinero. Y le dijo ¿qué posibilidad hay que pueda llevarse su moto, aunque fuera caminando? porque el parte era seguro se lo cursaban y debía recuperar la licencia y el hombre le dice ¿y que tení? Cuenta que cargaba $40.000 mil pesos en su bolsillo y él, iluso, sin saber que era un delito, le ofreció $20.000 y le preguntó 4 veces y le dice a un cabo menor que él, que lo grabara y no se dio cuenta cuando pasó esto y le dijo que era cohecho y que estaba grabado y estaba detenido. Y eso lo hizo con abuso de poder. Ya le había quitado la moto. Al Ministerio Público dice que fue en la tarde, a eso de las 6.15 horas y coincidía su motocicleta con la placa patente OT 265 y fue sometido a control vehicular detrás del

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MINISTERIO PÚBLICO C/ JORGE EFRAIN HUENCHULEO LAUQUEN RUC Nº 2001296187-2 RIT: 112-2021 DELITO: COHECHO. Santiago, lunes ocho de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS A LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que con fecha dos de agosto de dos mil veintidós, ante esta Sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Pen

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