Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ PABLO ANDRÉS QUIÑONES QUIÑONES

Rol

O-2272-2022

Fecha

3 de agosto de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos: Se tuvo por acreditado que Pablo Andrés Quiñones Quiñones, cédula de identidad N° 15.503.659-1, nacido el día 25 de febrero de 1980, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Julio Oakley N° 0440, Temuco, el día 02 de mayo de 2022, en circunstancias que el adolescente de iniciales S.A.A.S se encontraba en el paradero de la locomoción colectiva, ubicado en calle Manuel Rodríguez a la altura del N°837, le sustrajo desde un bolsillo un teléfono celular, marca Nokia, avaluado en la suma de $180.000, para luego huir del lugar con la especie en su poder, para luego ser alcanzado por carabineros, siendo detenido. Que el contenido íntegro de esta sentencia se encuentra registrado en el audio respectivo de esta misma fecha, de la cual solo se transcribe la parte resolutiva, en virtud de lo dispuesto en el Auto Acordado de fecha 14 de marzo de 2014, dictado por la Excelentísima Corte Suprema y contenido en el acta Nº 40-2014; Y VISTOS ADEMAS; Lo dispuesto en los artículos 1, 7, 12 N° 15; 14 N° 1, 15 N°1, 25, 30, 432, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 1, 3, 47 y 395 y siguientes del Código Procesal y artículo 35 de la ley Nº 18.216, se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a Pablo Andrés Quiñones Quiñones, ya individualizado, como autor del delito de hurto frustrado del artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado el día 2 de mayo de 2022 en esta ciudad, a cumplir las penas de vceintiún días de prisión en su grado medio, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos. JJSXXXKWCLT Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 08/08/2022 18:19:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corres

Fallo

se declara: 1.- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a Pablo Andrés Quiñones Quiñones, ya individualizado, como autor del delito de hurto frustrado del artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado el día 2 de mayo de 2022 en esta ciudad, a cumplir las penas de vceintiún días de prisión en su grado medio, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos. JJSXXXKWCLT Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 08/08/2022 18:19:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2.- La multa de un tercio de unidad tributaria mensual se imputa el tiempo de privación de libertad que afectó al requerido, dándose por cumplida por sustitución. 2.- Que la pena privativa de libertad deberá ser cumplida en forma efectiva por no cumplir el sentenciado con las exigencias que impone la ley N° 18.216 para su sustitución, contándose ésta desde que se pres

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Temuco, tres de agosto de dos mil veintidós. Vistos y oídos: Se tuvo por acreditado que Pablo Andrés Quiñones Quiñones, cédula de identidad N° 15.503.659-1, nacido el día 25 de febrero de 1980, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Julio Oakley N° 0440, Temuco, el día 02 de mayo de 2022, en circunstancias que el adolescente de iniciales S.A.A.S se encontraba en el paradero de la lo

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