1º Juzgado Civil de Temuco

FISCO DE CHILE

Rol

V-326-2015

Fecha

2 de marzo de 2020

Materia

EXPROPIACIÓN, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 23, compareci do a Carolina Venegas Greenhill, abogada enó ñ representaci n, seg n mandato acompa ado, de don ó ú ñ JOSE ROSARIO CANIUPAL ESPINOZA, Run N° 9.370.268-9; MARIA ANGELICA CANIUPAL ESPINOZA, Run N°9.069.453-7; AIDA ALEJANDRA CANIUPAL ESPINOZA, Run N°10.589.194-6; EDUVIGES DEL CARMEN CANIUPAL ESPINOZA, Run N°10.498.777-k; ANA ESTER CANIUPAL ESPINOZA, Run N° 13.966.431-0; JAIME GENARO CANIUPAL ESPINOZA, Run N°12.037.511-3; SEGUNDO MAXIMO CANIUPAL ESPINOZA, Run N°13.966.433-7, PAOLA ANDREA CANIUPAL ESPINOZA, Run N° 13.518.966-9 y LUIS OSVALDO CANIUPAL ESPINOZA, Run N°13.966.432-9, expropiados, solicitando se decrete el giro de cheque pertinente, correspondiente a la expropiaci n del ó Lote N°49, de una superficie de 395 metros cuadrados, que afect al predio, con inscripci n deó ó dominio vigente a nombre de sus representados a fojas 2117 N° 1962 del Registro de Propiedad del a o 2018 ñ del Segundo Conservador de Bienes Ra ces deí Temuco. La petici n se funda en el hecho de que sus representados son due os deló ñ Lote expropiado, seg n cuenta el Certificado de Dominio vigente que se acompa a.ú ñ

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 34 consta certificaci n de fecha 19 de Febrero deó 2020, que da cuenta que ning n otro interesado se haya presentado, dentro delú plazo legal, haciendo valer sus derechos o cr ditos sobre la suma depositada; Queé en autos no existen tercer as ni retenciones pendientes y existe consignaci ní ó efectuada con fecha 29 de Diciembre de 2015, por la suma de $3.203.288, seg nú boleta N°2084880. SEGUNDO: Que a folio 22, se agrega de informe del Segundo Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, en el que se adjunta copia autorizada de inscripci ní ó de dominio vigente respecto del inmueble expropiado, inscrito a fojas 2117, N°1962 del Registro de Propiedad del a o 2018 ñ del Segundo Conservador de Bienes Ra ces de Temucoí , dando de ese modo cumplimiento a lo dispuesto en el Acta 87- 2014 de la Excelent sima Corte Suprema sobre instrucciones para el giroí de cheque en procedimientos de expropiaci n. En m rito de lo precedentementeó é expuesto consta que el solicitante es due o de la propiedad expropiada.ñ TERCERO: Que a folio 23 rola Certificado de aval o fiscal, en elú que consta que el bien ra z ,í Rol de Aval o N°3213-941ú , y no registra deuda respecto del impuesto territorial por encontrarse exento. CUARTO: Que, a folio 27 y 30, rola mandatos vigentes otorgado por los solicitantes. QUINTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago al peticionario y expropiado de la indemnizaci n provisional consignada en esta causa, como se dir .ó á En m rito de lo expuesto y lo dispuesto en el art culo 26 del Decreto Leyé í N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y art culos 817 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ó

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 23, y en consecuencia G RESEÍ CHEQUE a nombre de don JOSE ROSARIO CANIUPAL ESPINOZA, Run N° 9.370.268-9, por la suma de $320.327; MARIA ANGELICA CANIUPAL ESPINOZA, Run N°9.069.453-7 por la suma de $320.327; AIDA ALEJANDRA CANIUPAL ESPINOZA, Run N°10.589.194-6 por la suma de $320.327; EDUVIGES DEL CARMEN CANIUPAL ESPINOZA, Run N°10.498.777-k por la suma de $320.327; ANA ESTER CANIUPAL ESPINOZA, Run N° 13.966.431-0 por la suma de $320.327; JAIME GENARO CANIUPAL ESPINOZA, Run N°12.037.511-3 por la suma de $320.327; SEGUNDO MAXIMO CANIUPAL ESPINOZA, Run N°13.966.433-7 por la suma de $320.327, PAOLA ANDREA CANIUPAL ESPINOZA, Run N° 13.518.966-9 por la suma de $320.327 y LUIS OSVALDO CANIUPAL ESPINOZA, Run N°13.966.432-9, por la suma de $320.327, seg n boletaú N°2084880, de fecha 29 de Diciembre de 2015. An tese, reg strese, notif quese y dese copia al interesado.-ó í í Rol N° V 326-2015. – Dictada por Natalia Ferrada Retamal, Jueza Subrogante del Primer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, dos de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Sal

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FOJA: 56 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-326-2015 CARATULADO : FISCO DE CHILE Temuco, dos de Marzo de dos mil veinte (ec) VISTOS: A folio 23, compareci do a Carolina Venegas Greenhill, abogada enó ñ representaci n, seg n mandato acompa ado, de don ó ú ñ JOSE ROSARIO CANIUPAL ESPINOZA, Run N° 9.370.268-9; MARIA ANGELICA CANIUPAL ESPINOZA, Run

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